La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya publicó el calendario de pagos relacionado a septiembre, destacando que les pagará $29.835 por única vez, a quienes formen parte de una de las prestaciones que ofrece el organismo previsional.

Se trata de una de las Asignaciones de Pago Único (APU) que ofrece la ANSES, más puntualmente de la Asignación por Matrimonio, estará a partir de ahora en los $29.835 mencionados líneas arriba. También están las asignaciones de adopción y de nacimiento, que cuentan con otros montos.

Por otra parte, la ANSES destacó que los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE) percibirán, a través de la Tarjeta Alimentar, un bono extra que se especula que estará entre los $10.000 y $23.000.

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ANSES APU: qué son y de qué tratan las Asignaciones de Pago Único

Las Asignaciones de Pago Único de la ANSES son un beneficio económico que se les paga a todas aquellas familias que acrediten un nacimiento, una adopción o matrimonio. Y tal como lo estipula su nombre, las APU son entregas que se hacen una sola vez en determinadas ocasiones.

APU ANSES: cuáles son los montos de septiembre

Los montos disponibles a partir de septiembre son:

  • Nacimiento: $19.924.
  • Adopción: $119.147.
  • Matrimonio: $29.835.

Pago Único ANSES: como inscribirme en alguna de ellas

Para poder inscribirte como beneficiario de las APU, resultará necesario presentar la documentación de acuerdo al beneficio a percibir. Para empezar con el trámite, vas a poder iniciar el de Matrimonio por un lado, mientras que por el otro podrás sacar el de Nacimiento o Adopción. Sólo tendrás que seguir estos tres pasos:

  • Ingresar a “Mi ANSES”.
  • Seleccionar la opción “Atención Virtual”.
  • Solicitar la Asignación de Pago Único.

APU por Matrimonio: qué documentación exige

Para cobrar la Asignación de Pago Único por Matrimonio, resultará necesario contar con la siguiente documentación:

  • Certificado de matrimonio.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del cónyuge.
  • Cuando se trate del segundo o posterior matrimonio, se tendrá que acreditar el divorcio con la respectiva Sentencia. En los casos de divorcio en el extranjero se precisará la documentación en iguales condiciones que para pedir el matrimonio.
  • En caso de corresponder, se deberá adjuntar el acta de defunción del cónyuge anterior.
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Fuente: Ámbito

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