El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) implementó una nueva regulación que afectará a varios jubilados y pensionados. A partir del próximo año, algunos beneficiarios de ANSES no podrán afiliarse ni obtener cobertura médica a través de esta obra social. Esta decisión generó preocupación entre los adultos mayores que actualmente dependen del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para acceder a servicios de salud. La medida, establecida en el Artículo 10 del Reglamento de Compras y Contrataciones de PAMI, restringe el acceso a la cobertura para ciertos grupos de beneficiarios.
Con esta nueva normativa, un grupo específico de jubilados y pensionados verá modificada su situación de cobertura médica. Las recientes limitaciones indican que, incluso siendo familiares directos de afiliados a PAMI, no podrán acceder a los servicios médicos de la institución. Como alternativa, estos beneficiarios tendrán la posibilidad de utilizar el Programa Incluir Salud, que ofrece atención médica adaptada a sus necesidades.
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Quiénes no pueden afiliarse a PAMI a pesar de ser beneficiarios de ANSES
A partir del próximo año, ciertos grupos de beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) no podrán afiliarse ni recibir cobertura de PAMI. Esta nueva medida afecta a las siguientes categorías de pensiones:
- Pensión No Contributiva para Madres de 7 Hijos
- Pensión No Contributiva por Vejez
- Pensión No Contributiva por Invalidez
Las personas que reciben estos beneficios deberán buscar atención médica a través del Programa Incluir Salud, administrado por el Ministerio de Salud de la Nación. Este programa se encargará de brindarles la asistencia sanitaria que necesiten.

PAMI: cómo afiliar a familiares a la obra social
Los jubilados y pensionados que ya están afiliados a PAMI tienen la posibilidad de incorporar a sus familiares directos, como hijos o cónyuge, a la obra social. Para realizar este trámite, deben presentar la siguiente documentación en una oficina de atención de PAMI:
- DNI con domicilio actualizado del titular y del familiar.
- Último recibo de haberes del afiliado.
- Partida o acta de nacimiento del familiar.
- Información Sumaria validada por autoridad judicial que confirme el vínculo.
- Constancia de Cuil emitida por ANSES.
- Constancia negativa de obra social provincial.
- Certificación negativa emitida por ANSES.
- Formulario Familiar no Conviviente, si corresponde.












