El Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), administrado por ANSES, queda inhabilitado para otorgar créditos hipotecarios. Esta decisión se oficializó mediante el Decreto 1039/2024, publicado en el Boletín Oficial, derogando dos incisos fundamentales de la Ley N° 24.241 que permitían estas operaciones.

El propósito declarado de esta medida busca preservar los activos del FGS y garantizar su sustentabilidad, considerando que los préstamos otorgados a tasas negativas impactaban negativamente en el sistema.

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Un fuerte cambio en la gestión del FGS

El decreto suscrito por el presidente Javier Milei enfatiza que el FGS no fue diseñado como un fondo de crédito, sino como un mecanismo para asegurar la sustentabilidad del sistema previsional. En este contexto, se establece que los activos del fondo deberán invertirse en instrumentos que garanticen su preservación y crecimiento, descartando operaciones que impliquen riesgos innecesarios o pérdidas reales.

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El FGS no fue creado para funcionar como un fondo de crédito, sino para garantizar la sustentabilidad del referido sistema“, indica el texto oficial. Esto significa que las inversiones del FGS se dirigirán hacia instrumentos más seguros, alejándose de préstamos hipotecarios o de otra naturaleza que pudieran comprometer su valor.

Créditos a tasas negativas: el origen del problema

El gobierno respaldó su decisión con datos concluyentes. En 2023, los préstamos de ANSES a trabajadores presentaban una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50%, mientras la inflación oficial alcanzada por el INDEC fue del 211,4%. Este desajuste provocó un grave perjuicio para los activos del fondo, al no adaptarse a las condiciones económicas del país.

Adicionalmente, los fundamentos del decreto sostienen que otorgar créditos con tasas reales negativas representa un subsidio implícito para los beneficiarios de esos préstamos, perjudicando al resto de los aportantes y beneficiarios del sistema previsional. En esencia, lo que se consideraba un beneficio social se transformó en un problema estructural para las finanzas del FGS.

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Modificaciones en la Legislación: lo que cambiará

El Decreto 1039/2024 suprime específicamente los incisos “m” y “n” del artículo 74 de la Ley N° 24.241. Estas disposiciones permitían al FGS invertir en determinados contratos y títulos hipotecarios.

  • Inciso “m” eliminado: Autorizaba al FGS realizar contratos en mercados de futuros y opciones, bajo condiciones reguladas, con un límite del 10% de sus activos.
  • Inciso “n” eliminado: Facultaba al fondo a invertir hasta el 40% de sus activos en cédulas hipotecarias, letras hipotecarias y otros instrumentos financieros con garantía hipotecaria.

Con estas derogaciones, el FGS queda restringido de participar en el mercado de créditos hipotecarios o invertir en títulos relacionados, un cambio que transforma su rol en el sistema financiero y previsional del país.

Características de los préstamos de ANSES

Hasta el momento, los préstamos de ANSES ofrecían condiciones accesibles para diversos grupos de beneficiarios. Estas líneas crediticias, a pesar de las facilidades proporcionadas, representaron un importante costo para el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).

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Opciones de financiamiento para diferentes Grupos

Trabajadores formales con salarios de hasta $1.980.000 podían solicitar un crédito de hasta $1 millón, con una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50%. Las opciones de financiamiento incluían planes de 24, 36 y 48 cuotas.

Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) podían acceder a préstamos de hasta $600.000, mientras que los titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) podían solicitar hasta $250.000. En estos casos, la TNA era notablemente menor, establecida en el 29%, con idénticos plazos de cuotas.

A pesar de estas tasas aparentemente favorables, la elevada inflación desvalorizó los activos del fondo, generando pérdidas considerables en términos reales.

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