Este martes 9 comenzó el cronograma de pagos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) correspondiente a diciembre, y llegó una noticia que generó malestar entre millones de jubilados: el aguinaldo será más bajo de lo que muchos imaginaban.

Aunque el último mes del año suele traer refuerzos económicos y beneficios especiales, el cálculo del Sueldo Anual Complementario terminó causando sorpresa e inquietud.

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¿Cómo se establece el monto del aguinaldo? Montos que se tienen en cuenta

Según la normativa vigente, el aguinaldo equivale al 50% del ingreso más alto del semestre. En el caso de los jubilados, ANSES precisó que la cuenta se realiza sobre el haber actualizado de diciembre, mes en el que se aplicará un incremento del 2,3%.

Hasta ese punto, el panorama parece favorable. Sin embargo, aparece un detalle clave: el bono de $70.000 que cobran los jubilados no forma parte de la base para calcular el aguinaldo. Esta exclusión impacta principalmente en quienes cobran la jubilación mínima, ya que dependen de ese refuerzo para alcanzar un ingreso más elevado.

En noviembre, los jubilados con el haber mínimo recibieron $403.000 en total, sumando el monto básico y el complemento extraordinario. En diciembre volverán a recibir ese bono, pero para calcular el aguinaldo solo se toma en cuenta el haber previsional, sin sumar el refuerzo mensual.

Cuál será el aguinaldo mínimo en diciembre

Debido a esta forma de cálculo, ANSES proyectó que el aguinaldo de quienes cobran la mínima rondará los $170.000, una cifra considerablemente menor a los $205.000 que muchos esperaban si el bono hubiera sido considerado como parte del ingreso.

Esta diferencia representa una reducción importante para miles de jubilados que confiaban en un monto más alto para afrontar los gastos característicos de las fiestas de fin de año.

Calendario de pagos de diciembre 2025

Para que los jubilados cuenten con su dinero antes de las celebraciones, ANSES adelantó parte del calendario de pagos de diciembre. Las fechas quedaron distribuidas de la siguiente manera:

Jubilados y pensionados con haber mínimo

  • DNI terminados en 0: 9 de diciembre
  • DNI terminados en 1: 10 de diciembre
  • DNI terminados en 2: 11 de diciembre
  • DNI terminados en 3: 11 de diciembre
  • DNI terminados en 4: 12 de diciembre
  • DNI terminados en 5: 12 de diciembre
  • DNI terminados en 6: 15 de diciembre
  • DNI terminados en 7: 15 de diciembre
  • DNI terminados en 8: 16 de diciembre
  • DNI terminados en 9: 16 de diciembre

Jubilados con haberes superiores al mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 17 de diciembre
  • DNI terminados en 2 y 3: 18 de diciembre
  • DNI terminados en 4 y 5: 19 de diciembre
  • DNI terminados en 6 y 7: 22 de diciembre
  • DNI terminados en 8 y 9: 23 de diciembre
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