Novedades Sociales comunicó que ANSES no abonará el 20% retenido a los estudiantes de Becas Progresar Obligatorio que no hayan participado en una actividad formativa de extensión durante el ciclo lectivo 2025. Tampoco percibirán ese pago quienes adeuden materias.
Condiciones para cobrar la retención de Progresar Obligatorio
Para poder acceder al cobro del 20% retenido, los estudiantes debían cargar en la plataforma Progresar antes del 30 de noviembre de 2025 el certificado que acreditara la participación en una actividad formativa de extensión. A su vez, las instituciones educativas contaban con plazo hasta el 30 de diciembre para validar o certificar dicha participación.
Si alguno de los requisitos mencionados no se cumplió, el monto retenido no será abonado, tal como informó Novedades Sociales.
Esto se encuentra establecido en la Resolución 388/2025, que fijó las condiciones del programa durante el último ciclo lectivo. Según el Artículo 22 de esa normativa, para cobrar los fondos retenidos por ANSES se deben cumplir las siguientes condiciones de Progresar Obligatorio:
- No adeudar materias al finalizar el ciclo lectivo
- Haber participado en una actividad formativa de extensión, correctamente acreditada y validada por la escuela
- Contar con la certificación de la condición de alumno regular en su tercera y última instancia
Importes retenidos por ANSES
La cuota mensual de Becas Progresar es de $35.000, aunque ANSES retuvo un 20% a los estudiantes del nivel obligatorio.
El monto total retenido durante el año fue de $56.000 para quienes se inscribieron en la primera convocatoria, mientras que ascendió a $28.000 para los anotados en la segunda.
Cabe recordar que, al consultar los próximos pagos en Mercado Pago, algunos beneficiarios de Progresar Obligatorio detectaron que percibirán la retención en enero. Esto ocurre en los casos en los que la escuela certificó la condición de alumno regular antes del procesamiento de las liquidaciones.












