La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la Prestación por Desempleo, una asistencia económica destinada a trabajadores formales del sector privado que perdieron su empleo y necesitan un respaldo mientras buscan reinsertarse laboralmente.
Al mismo tiempo, el organismo continúa con el calendario de pagos del bono proporcional para jubilados y pensionados con haberes superiores a la mínima durante los últimos días de junio.
Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo
La ayuda económica está dirigida a empleados en relación de dependencia que hayan quedado sin trabajo por alguna de las siguientes situaciones:
- Despido sin causa.
- Finalización de contrato laboral.
- Cierre o quiebra de la empresa.
- Renuncia por causas justificadas.
Para acceder al beneficio, ANSES exige cumplir determinados requisitos vinculados a los aportes realizados antes de la desvinculación laboral.
Requisitos para cobrar la Prestación por Desempleo
Trabajadores permanentes
- Tener al menos seis meses de aportes registrados durante los últimos tres años previos al despido.
Trabajadores eventuales o de temporada
- Haber trabajado más de 90 días en el último año.
- Registrar menos de 12 meses de actividad laboral en los últimos tres años.
Cuántos meses se puede cobrar el beneficio
La duración de la asistencia varía según la cantidad de aportes acumulados antes de perder el empleo:
- Entre 6 y 11 meses aportados: 2 cuotas.
- Entre 12 y 23 meses: 4 cuotas.
- Entre 24 y 35 meses: 8 cuotas.
- 36 meses o más: 12 cuotas.
Además, las personas mayores de 45 años pueden acceder automáticamente a una extensión de hasta seis meses adicionales.
Cómo hacer el trámite en ANSES
La gestión puede realizarse de forma digital mediante Atención Virtual ANSES o presencialmente en las oficinas del organismo con turno previo.
Para iniciar la solicitud es necesario presentar:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Telegrama de despido, carta documento o comprobante que acredite la finalización de la relación laboral.
El trámite debe completarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido para no perder el derecho a cobrar la prestación.












