La abogada Tamara Bezares explicó a través de sus redes sociales el alcance del reciente fallo de la Cámara Federal de San Martín, que dejó sin efecto la medida cautelar que mantenía vigente el Programa Volver al Trabajo. Como consecuencia de esta resolución, el Ministerio de Capital Humano ya no tiene la obligación de continuar abonando los $78.000 que recibían los beneficiarios.
De este modo, el Programa Volver al Trabajo no será liquidado en agosto de 2026. Sin embargo, Bezares aclaró que el proceso judicial continúa y que la decisión definitiva sobre el caso todavía no fue dictada.
La Cámara Federal dejó sin efecto la cautelar de Volver al Trabajo
En una publicación realizada en Instagram, Tamara Bezares detalló que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín aceptó la apelación presentada por el Estado nacional, representado por el Ministerio de Capital Humano.
Como resultado, quedó revocada la medida cautelar que había sido emitida por el Juzgado Federal de Campana y que obligaba al Estado a mantener el pago de las prestaciones económicas del programa. En la práctica, esto significa que los beneficiarios del ex Potenciar Trabajo no percibirán los $78.000 previstos para agosto.
Cuáles fueron los argumentos del fallo
De acuerdo con la explicación brindada por Tamara Bezares, la Cámara fundamentó su decisión en distintos aspectos jurídicos.
En primer término, recordó que Volver al Trabajo fue creado mediante el Decreto 198/2024 con una duración de 24 meses. Al haberse cumplido ese plazo, los magistrados consideraron que no existían elementos suficientes para acreditar, con el nivel de verosimilitud requerido, un derecho que justificara mantener vigente una medida cautelar de carácter innovativo.
Además, señalaron que el Gobierno puso en marcha el programa Formando Capital Humano a través de la Resolución 295/2026. En ese sentido, indicaron que la legalidad y razonabilidad del reemplazo de Volver al Trabajo por este nuevo esquema deberá evaluarse cuando se dicte la sentencia de fondo y no durante la etapa cautelar.
Los jueces también sostuvieron que mantener la cautelar implicaba anticipar, en los hechos, el resultado del proceso judicial y suponía una intervención sobre el diseño de las políticas públicas impulsadas por el Estado.
El proceso judicial sigue abierto
Uno de los puntos que destacó Tamara Bezares es que la acción de amparo continúa en trámite. Es decir, la Justicia todavía no resolvió si la finalización del Programa Volver al Trabajo fue o no ajustada a derecho.
Por el momento, el efecto inmediato del fallo consiste en la suspensión de los pagos que venían realizándose por orden de la medida cautelar. No obstante, la cuestión de fondo permanece pendiente y será el juez de primera instancia quien deberá emitir una resolución definitiva sobre el caso.












