El Indec confirmó este martes que la inflación de junio fue del 1,9%, un dato que determinará el próximo ajuste de las prestaciones que paga ANSES. En consecuencia, jubilados y pensionados recibirán un nuevo incremento en agosto conforme al mecanismo de movilidad vigente.

Además, quienes reúnan los requisitos podrán seguir percibiendo el bono extraordinario de $70.000, siempre que el Gobierno disponga su continuidad mediante un nuevo decreto.

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¿De cuánto será el aumento para jubilados de ANSES?

Con el IPC de junio ubicado en 1,9%, las jubilaciones y pensiones tendrán ese mismo porcentaje de actualización en agosto, de acuerdo con el esquema de movilidad mensual.

Por su parte, las principales prestaciones previsionales quedarían con los siguientes valores:

  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $399.430,13.
  • Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez y por vejez: $358.251,36.
  • Pensión para madres de siete hijos o más: $481.787,67.

Quiénes cobran el bono de ANSES

En julio, el refuerzo extraordinario de hasta $70.000 alcanza a los siguientes beneficiarios:

  • Jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, quienes reciben el bono completo.
  • Jubilados con ingresos superiores a la mínima, pero inferiores a $481.787,67, que cobran un monto proporcional para alcanzar ese límite.
  • Titulares de la PUAM, que acceden al refuerzo total.
  • Beneficiarios de PNC por invalidez.
  • Titulares de PNC por vejez.
  • Personas que cobran la PNC para madres de siete hijos o más, quienes también perciben el bono completo por estar equiparadas al haber mínimo.

Calendario de pagos para jubilados en julio

Jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio.
  • DNI terminados en 2: 13 de julio.
  • DNI terminados en 3: 14 de julio.
  • DNI terminados en 4: 15 de julio.
  • DNI terminados en 5: 16 de julio.
  • DNI terminados en 6: 17 de julio.
  • DNI terminados en 7: 20 de julio.
  • DNI terminados en 8: 21 de julio.
  • DNI terminados en 9: 22 de julio.

Jubilados y pensionados con haberes superiores al mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.
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