La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que las jubilaciones y pensiones volverán a actualizarse en agosto de acuerdo con la inflación informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Luego de conocerse el último dato del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el incremento para las prestaciones previsionales será del 1,9%.

Además de la movilidad mensual, el organismo liquidará el bono de $70.000 si el Poder Ejecutivo mantiene vigente este refuerzo mediante la correspondiente norma.

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¿De cuánto será el aumento para jubilados en agosto de 2026?

Con una inflación de junio del 1,9%, ANSES aplicará ese mismo porcentaje sobre los haberes previsionales. De esta manera, los nuevos valores quedarán conformados de la siguiente forma:

ConceptoJulioAgosto
Haber mínimo$411.989,33$419.817,13
Bono extraordinario$70.000$70.000*
Total de la mínima con bono$481.989,33$489.817,13
Haber máximo$2.772.298,06$2.824.971,72

*Sujeto a la continuidad del bono extraordinario dispuesta por el Gobierno.

En el caso de las pensiones, los montos previstos para agosto serán los siguientes:

  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70 de haber. Con bono, alcanzaría los $405.853,70.
  • Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez y vejez: $293.871,99. Con bono, el total sería de $363.871,99.
  • Pensión para madres de siete hijos: $419.817,13. Con bono, llegaría a $489.817,13.

Quiénes reciben el bono extraordinario de ANSES

En caso de confirmarse nuevamente el refuerzo, el bono de hasta $70.000 alcanzará a los siguientes beneficiarios:

  • Jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo.
  • Jubilados con haberes superiores a la mínima, quienes cobrarán un bono proporcional hasta alcanzar el tope establecido.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez.
  • Titulares de PNC por vejez.
  • Personas que cobran la pensión para madres de siete hijos o más.

Calendario de pagos para jubilados en julio

Los jubilados y pensionados que perciben hasta un haber mínimo cobran de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio.
  • DNI terminados en 2: 13 de julio.
  • DNI terminados en 3: 14 de julio.
  • DNI terminados en 4: 15 de julio.
  • DNI terminados en 5: 16 de julio.
  • DNI terminados en 6: 17 de julio.
  • DNI terminados en 7: 20 de julio.
  • DNI terminados en 8: 21 de julio.
  • DNI terminados en 9: 22 de julio.

Para quienes perciben haberes superiores al mínimo, las fechas son las siguientes:

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.
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