La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) acredita el 20% retenido de la Asignación Universal por Hijo (AUH) por discapacidad aproximadamente 60 días después de la presentación de la Libreta. Por ese motivo, durante agosto recibirán ese complemento quienes realizaron el trámite en junio.

La AUH por discapacidad aumentó 1,89% en agosto

ANSES aplicó un aumento del 1,89% a la AUH por discapacidad. La actualización fue oficializada mediante el Anexo V de la Resolución 233/2026.

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Los valores vigentes son los siguientes:

  • Monto total: $491.173
  • Pago mensual (80%): $392.938,40
  • Retención (20%): $98.234,60

Para la Zona 1, los importes son:

  • Monto total: $638.525
  • Pago mensual (80%): $510.820
  • Retención (20%): $127.705

La Zona 1 comprende las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además de la Antártida, las Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones.

Cuánto se cobra con Tarjeta Alimentar y el complemento de la Libreta

Las familias que perciben la AUH por discapacidad reciben de forma automática la Tarjeta Alimentar, ya que el beneficio se asigna mediante un cruce de datos entre el Ministerio de Capital Humano y ANSES.

Quienes presentaron la Libreta en junio cobrarán además el 20% retenido correspondiente al período de marzo de 2025 a febrero de 2026. El monto depende de la cantidad de meses en los que se percibió la prestación.

Para quienes cobraron durante los 12 meses del período, los importes aproximados son:

  • General: $392.938,40 (AUH por discapacidad) + $72.250 (Tarjeta Alimentar) + $893.658,20 (Libreta) = $1.358.846,60
  • Zona 1: $510.820 + $72.250 + $1.161.757 = $1.744.827

Además, las familias con hijos de hasta 2 años inclusive reciben el Complemento Leche del Plan de los Mil Días, cuyo monto vigente es de $56.897.

Cómo presentar la Libreta de la AUH

La Libreta AUH es el documento que acredita la asistencia escolar, los controles de salud y el cumplimiento del calendario de vacunación. Su presentación es obligatoria para cobrar el 20% retenido y debe realizarse antes del 31 de diciembre de 2026.

El trámite puede hacerse de manera digital desde Mi ANSES, utilizando el CUIL y la Clave de la Seguridad Social, o de forma presencial en cualquier oficina del organismo, sin necesidad de solicitar turno previo.

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