La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que durante agosto abonará una asistencia económica de hasta $376.600 a un grupo específico de beneficiarios. El organismo aclaró que este beneficio no se otorga automáticamente, sino que solo pueden acceder quienes cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Se trata de la Prestación por Desempleo, una ayuda destinada a trabajadores en relación de dependencia que hayan perdido su empleo sin causa justificada. La asistencia puede cobrarse durante varios meses consecutivos y tiene como objetivo brindar un respaldo económico mientras la persona busca una nueva fuente de ingresos.
Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES
El beneficio está dirigido a trabajadores registrados del sector privado que quedaron desempleados por determinadas causas previstas por la ley. También incluye a empleados del sector de la construcción comprendidos en el régimen correspondiente.
El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días posteriores al despido, y los requisitos varían según el tipo de relación laboral:
- Trabajadores permanentes: haber realizado al menos seis meses de aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales o de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año previo a la finalización del empleo.
Cuánto se cobra por la Prestación por Desempleo en agosto de 2026
El monto de la prestación está vinculado al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Desde el 1 de agosto de 2026, el salario mínimo quedó fijado en $376.600, por lo que los valores actualizados son los siguientes:
- Monto mínimo: $188.300 (50% del SMVM).
- Monto máximo: $376.600 (100% del SMVM).
El importe que recibe cada beneficiario se calcula tomando como referencia el 75% de la mejor remuneración bruta percibida durante los últimos seis meses trabajados.
La duración del beneficio puede extenderse entre 2 y 12 meses, dependiendo de la cantidad de aportes realizados. En el caso de personas mayores de 45 años, el cobro puede prolongarse hasta 18 meses.

Requisitos y cómo tramitar la prestación
La solicitud puede realizarse de manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo o mediante Atención Virtual, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
La documentación requerida incluye:
- DNI (original y copia).
- Documentación que acredite la situación de desempleo, según el caso.
Entre los documentos válidos se encuentran:
- Telegrama o carta documento de despido sin causa.
- Documentación vinculada a quiebra o concurso preventivo del empleador.
- Telegramas enviados por el trabajador cuando la desvinculación fue por causa justificada.
- Contrato vencido en casos de finalización de contrato a plazo fijo.
- Acta o partida de defunción del empleador unipersonal.
- Certificado médico de aptitud laboral si existió una enfermedad o accidente al momento del cese laboral.
Dónde se cobra la Prestación por Desempleo
Una vez aprobada la solicitud, ANSES deposita el beneficio en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social, desde donde el titular puede retirar el dinero o utilizar una tarjeta de débito para operar en cajeros automáticos.
El trámite puede iniciarse de dos maneras:
- Online: ingresando a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social y utilizando el servicio de Atención Virtual.
- Presencial: solicitando un turno en ANSES y presentando toda la documentación requerida en una oficina del organismo.












