Quienes están próximos a cumplir la edad jubilatoria, pero advierten que no alcanzarán los 30 años de aportes requeridos, cuentan con una alternativa de ANSES para regularizar aportes y comenzar a resolver la situación con anticipación.

A su vez, quienes ya perciben una jubilación del organismo tendrán un incremento del 2,1% en septiembre, de acuerdo con el dato de inflación informado por el INDEC.

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La herramienta disponible es el Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad, que continúa figurando entre las gestiones habilitadas por el organismo previsional. Está orientada a trabajadores que todavía no llegaron a la edad necesaria para jubilarse y necesitan incorporar períodos en los que no realizaron aportes.

Esta opción cobra especial relevancia luego de que finalizara la moratoria previsional que permitía jubilarse a personas que ya habían alcanzado la edad requerida sin contar con los aportes suficientes.

Quiénes pueden regularizar años de aportes en ANSES

El beneficio tiene condiciones específicas y no alcanza a cualquier persona que se encuentre trabajando.

De acuerdo con los requisitos establecidos por ANSES, pueden solicitarlo:

  • Mujeres de entre 50 y 59 años.
  • Varones de entre 55 y 64 años.
  • Personas que actualmente continúan trabajando.
  • Trabajadores que prevén que no completarán los 30 años de aportes al llegar a la edad jubilatoria.
  • Personas que cuenten con períodos que puedan ser regularizados.

La finalidad es que los trabajadores puedan completar años de aportes para la jubilación de manera anticipada, antes de iniciar el trámite correspondiente a su futura prestación.

Qué períodos laborales se pueden incorporar

No todos los años de la trayectoria laboral pueden incluirse mediante este mecanismo, ya que existen períodos específicamente habilitados para su regularización.

El Plan de Pago de Deuda Previsional contempla las siguientes posibilidades:

  • Incorporar períodos adeudados hasta marzo de 2012 inclusive.
  • Elegir uno o más períodos disponibles para regularizar.
  • Abonar cada período seleccionado mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • Efectuar diferentes pagos según la capacidad económica del trabajador.

Los meses seleccionados no deben superponerse con períodos en los que figure un empleo registrado, inscripción como autónomo o actividad bajo el régimen de monotributo.

Cómo iniciar el trámite para completar años de aportes

El procedimiento puede iniciarse de manera digital mediante Mi ANSES, lo que permite avanzar con la gestión sin necesidad de acudir inicialmente a una oficina.

Los pasos indicados para realizar la solicitud son:

  • Acceder a Mi ANSES utilizando CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Ingresar en la opción “Solicitud de Prestaciones”.
  • Seleccionar “Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores”.
  • Indicar los períodos que se desean regularizar.
  • Emitir el VEP correspondiente.
  • Completar el pago.

Además, ANSES ofrece información oficial sobre el Plan de Pago de Deuda Previsional dentro del apartado destinado a jubilaciones y pensiones.

Qué conviene controlar antes de pagar los aportes

Antes de comenzar a regularizar períodos, es importante determinar con precisión cuántos años de aportes figuran actualmente en los registros del trabajador.

Para hacerlo, se puede acceder a Mi ANSES y consultar la Historia Laboral, donde aparece la información disponible sobre la trayectoria registrada.

Es recomendable verificar:

  • Los trabajos que aparecen registrados.
  • Los períodos en los que se realizaron aportes.
  • Los meses que no figuran en la base de datos.
  • Las contribuciones efectuadas como autónomo o monotributista.
  • La existencia de empleos que fueron realizados pero cuyos aportes todavía no aparecen registrados.

Cuando existen aportes faltantes correspondientes a empleos efectivamente realizados, es conveniente evaluar primero si pueden demostrarse mediante documentación antes de incorporarlos bajo el esquema de deuda previsional.

Qué ocurre si no se alcanzan los 30 años de aportes

El escenario es diferente cuando una persona ya llegó a la edad necesaria para jubilarse pero no consiguió reunir los 30 años de aportes exigidos.

Una de las alternativas que puede existir es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), destinada a quienes tienen 65 años o más y cumplen con las condiciones establecidas para acceder a esta prestación.

La PUAM representa el 80% del haber mínimo y constituye una prestación diferente de una jubilación contributiva, por lo que ambas no deben considerarse equivalentes.

Por este motivo, quienes todavía tienen entre 50 y 59 años en el caso de las mujeres, o entre 55 y 64 años si son varones, deberían revisar su Historia Laboral con anticipación. Este control permite determinar si necesitan recurrir al Plan de Pago de Deuda Previsional de ANSES para completar los períodos faltantes antes de alcanzar la edad jubilatoria.

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