La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pondrá en marcha, desde el 1 de noviembre de 2026, un procedimiento automatizado para verificar las condiciones necesarias para cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH).
El mecanismo permitirá controlar el cumplimiento de los requisitos de salud, vacunación y asistencia escolar mediante el intercambio de datos entre organismos estatales. De esta forma, las familias podrán evitar la entrega de certificados en papel cuando la información necesaria ya figure en los registros oficiales.
La iniciativa busca simplificar el acceso al 20% de la AUH que queda retenido hasta que se demuestran las condiciones exigidas. La medida se estableció a través de la Resolución 290/2026 de ANSES, pero no suprime definitivamente la Libreta: quienes no cuenten con información registrada o deban efectuar un reclamo podrán recurrir al procedimiento habitual.
Cómo funciona el nuevo sistema de validación automática
Desde noviembre, ANSES estará en condiciones de comprobar automáticamente si los niños y adolescentes reúnen los requisitos para habilitar el pago del porcentaje retenido de la asignación. Cuando los registros disponibles permitan verificar las condiciones exigidas, los titulares no necesitarán recopilar certificados ni presentar la Libreta AUH mediante el trámite tradicional.
El procedimiento utilizará información oficial para controlar los aspectos relacionados con la salud, las vacunas y la escolaridad de cada hijo, teniendo en cuenta su edad. Así, el organismo previsional podrá gestionar la liquidación de los importes retenidos sin depender exclusivamente de una presentación realizada por la familia.
La nueva modalidad alcanzará a los montos acumulados de la AUH que se habiliten para el pago a partir del 1 de noviembre de 2026. Sin embargo, esto no implica que todas las familias reciban el dinero ese mismo día, ya que la acreditación estará sujeta a la disponibilidad de los registros, la verificación de los requisitos y la liquidación correspondiente a cada beneficiario.
Cómo será el cruce de información entre ANSES, Salud y Educación
El sistema se basará en la consulta e intercambio seguro de datos entre ANSES y las dependencias estatales encargadas de registrar el cumplimiento de las condiciones sanitarias y educativas.
La Secretaría de Educación proporcionará los registros relacionados con la escolaridad, mientras que las áreas de Salud competentes aportarán la información necesaria para comprobar los controles médicos y las vacunas correspondientes.
A partir de esos datos, ANSES podrá determinar si se cumplen las condiciones para liberar el porcentaje retenido de la AUH. El propósito es disminuir las gestiones presenciales y evitar la presentación de documentos que ya se encuentran incorporados a las bases de datos oficiales.
Aunque la medida apunta a agilizar el trámite, los requisitos sanitarios y educativos seguirán siendo obligatorios. Si la información no está disponible o resulta insuficiente para verificar las condiciones, el titular podría necesitar presentar los certificados correspondientes para completar el procedimiento y solicitar el pago.
Quiénes tendrán que presentar la Libreta AUH de manera tradicional
La Libreta AUH continuará disponible como alternativa para los beneficiarios cuyos requisitos no puedan comprobarse automáticamente. Según la Resolución 290/2026, cuando ANSES no reciba los datos necesarios de los organismos responsables o el titular necesite iniciar un reclamo, podrá utilizarse la modalidad habitual de presentación.
En esos casos, las familias deberán completar y entregar la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación conforme a las instrucciones vigentes. Para prevenir demoras en el cobro, es recomendable comprobar que los controles médicos, las vacunas y la asistencia escolar estén debidamente registrados antes de iniciar la gestión.
Por este motivo, aunque la automatización pretende facilitar la validación para la mayoría de los titulares, conviene revisar el estado de la prestación y conservar los comprobantes necesarios. La presentación de la Libreta seguirá siendo una opción válida para demostrar el cumplimiento de los requisitos cuando el intercambio de información no permita completar la verificación.












