Durante octubre, los adultos mayores que cobran a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pueden acceder a un pago adicional por cónyuge, destinado a determinados jubilados y pensionados.

Esta prestación corresponde a beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y se acredita junto con el haber previsional mensual.

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El importe general de la asignación es de $19.002 por mes, luego del incremento del 1,66% aplicado en octubre mediante la fórmula de movilidad.

La Asignación por Cónyuge se otorga cuando el matrimonio o la unión convivencial se encuentran debidamente registrados ante el organismo previsional.

Montos de la Asignación por Cónyuge en octubre

El importe de esta asignación familiar varía según la zona de residencia del beneficiario. Aunque existe una suma general para gran parte del país, los titulares que viven en determinadas regiones pueden percibir un monto mayor.

Los valores informados para octubre son los siguientes:

  • Valor general: $19.002 mensuales por cónyuge registrado.
  • Zona 1: más de $37.600 por mes para quienes residen en las regiones incluidas en esta categoría.

El dinero se acredita junto con el pago habitual de la jubilación o pensión.

Esta prestación integra el sistema contributivo de asignaciones familiares y se abona todos los meses. Para acceder al beneficio, ANSES debe tener registrados los datos del cónyuge y el titular debe cumplir las condiciones establecidas para su otorgamiento.

Cuáles son los requisitos para cobrar la Asignación por Cónyuge

Los jubilados y pensionados deben reunir las condiciones previstas por ANSES para recibir las asignaciones familiares. Entre los aspectos relevantes se encuentran los ingresos del grupo familiar y la correcta acreditación del vínculo.

Los principales requisitos informados son:

  • Límite de ingresos individuales: ninguno de los integrantes de la pareja debe superar el tope individual establecido por ANSES, señalado en más de $3.150.000 brutos.
  • Ingresos familiares: la suma de los ingresos brutos del hogar debe mantenerse dentro del límite general del sistema, indicado en más de $6.300.000.
  • Vínculo registrado: el matrimonio o la unión convivencial deben figurar en las bases de datos del organismo.
  • Compatibilidad con otras prestaciones: es necesario respetar las condiciones previsionales y los límites de ingresos para evitar incompatibilidades o cobros duplicados.

Los topes y las reglas de acceso pueden modificarse según las disposiciones vigentes y las escalas aplicables. Por eso, antes de iniciar una solicitud, es recomendable consultar la información actualizada en los canales oficiales de ANSES.

Cómo solicitar el adicional por cónyuge desde Mi ANSES

Si el importe no aparece en el recibo previsional, el jubilado puede comprobar si sus datos personales y familiares están correctamente registrados. Cuando falta información, deberá gestionar la actualización correspondiente.

Para realizar la consulta, se deben seguir estos pasos:

  1. Ingresar a Mi ANSES con el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
  2. Entrar en el apartado de información personal o relaciones familiares y verificar que los datos del cónyuge estén cargados correctamente.
  3. Si el vínculo no figura en el sistema, consultar si corresponde iniciar la gestión mediante Atención Virtual o solicitar un turno presencial.
  4. Presentar la documentación necesaria para acreditar la relación familiar.

Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran el DNI de ambos integrantes de la pareja y la partida de matrimonio o el acta de unión convivencial inscripta, según corresponda.

Una vez actualizados los datos, el beneficiario debe revisar el recibo mensual para comprobar si se incorporó la asignación. Si el pago continúa sin aparecer, puede efectuar una consulta ante el organismo previsional.

Cuándo cobran los jubilados de ANSES en octubre de 2026

El calendario de pagos de octubre se organiza de acuerdo con la terminación del DNI y el monto del haber previsional. Las fechas de cobro para jubilados y pensionados son las siguientes:

Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo

  • DNI terminado en 0: jueves 8 de octubre.
  • DNI terminado en 1: viernes 9 de octubre.
  • DNI terminado en 2: martes 13 de octubre.
  • DNI terminado en 3: miércoles 14 de octubre.
  • DNI terminado en 4: jueves 15 de octubre.
  • DNI terminado en 5: viernes 16 de octubre.
  • DNI terminado en 6: lunes 19 de octubre.
  • DNI terminado en 7: martes 20 de octubre.
  • DNI terminado en 8: miércoles 21 de octubre.
  • DNI terminado en 9: jueves 22 de octubre.

Jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: viernes 23 de octubre.
  • DNI terminados en 2 y 3: lunes 26 de octubre.
  • DNI terminados en 4 y 5: martes 27 de octubre.
  • DNI terminados en 6 y 7: miércoles 28 de octubre.
  • DNI terminados en 8 y 9: jueves 29 de octubre.

Los jubilados que perciben el haber mínimo también tienen previsto recibir el bono extraordinario de $70.000, de acuerdo con las condiciones establecidas para acceder al refuerzo.

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