Este mes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) retomará el pago de una asistencia económica por desempleo para las personas que hayan quedado sin trabajo por motivos ajenos a su voluntad.

La medida está dirigida a empleados en relación de dependencia y a trabajadores del rubro de la construcción, de acuerdo con la información difundida por el organismo previsional.

MIRÁ TAMBIÉN:
Ya está disponible el mini bono de $50.000 para jubilados: cuándo comienza a pagarse
MIRÁ TAMBIÉN:
Jubilados de ANSES pueden cobrar un "plus" por cónyuge en octubre y estos son los requisitos

El importe de la prestación se determina tomando como referencia el 75% del salario bruto más elevado que el beneficiario haya percibido durante los últimos seis meses de actividad laboral.

Sin embargo, el pago está sujeto a topes mínimos y máximos, cuyos valores se ajustan en función del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

Debido a que la Prestación por Desempleo de ANSES se liquida a mes vencido, durante octubre se abonarán los importes correspondientes a septiembre.

Para este período, el pago mínimo se estableció en $191.800, mientras que el importe máximo llega a $383.800.

Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES

La asistencia está dirigida a trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin una causa justificada, hayan perdido su puesto por falta de trabajo, fuerza mayor o quiebra de la empresa, entre otras circunstancias contempladas.

Asimismo, pueden iniciar la solicitud las personas cuyos contratos laborales hayan llegado a su vencimiento.

El programa también incluye a empleados eventuales y de temporada que reúnan los requisitos exigidos, además de los trabajadores de la construcción que hayan quedado desocupados por la conclusión de una obra o por un despido.

Por el contrario, no pueden acceder quienes hayan presentado una renuncia voluntaria o aceptado un retiro de común acuerdo.

La exclusión también comprende a los empleados estatales, trabajadores de casas particulares, docentes sujetos a regímenes específicos, autónomos, monotributistas y personas que perciban jubilaciones, pensiones o beneficios no contributivos.

Qué requisitos se deben cumplir para solicitarla

Quienes tenían un empleo permanente deben demostrar un mínimo de seis meses de aportes al Fondo Nacional de Empleo dentro de los tres años previos al despido o a la finalización de la actividad.

En el caso de los trabajadores temporarios o eventuales, es necesario haber prestado servicios durante al menos 90 días en el último año y acreditar 12 meses de actividad laboral en los tres años anteriores.

La gestión debe presentarse en un plazo de 90 días hábiles desde la desvinculación laboral. Si la persona supera ese período, se le descontará un día de prestación por cada jornada hábil de demora.

Cuánto paga ANSES y cuántas cuotas se pueden cobrar

Para establecer el importe mensual, se toma el 75% del mejor salario bruto que el trabajador haya recibido durante los seis meses anteriores a la pérdida del empleo. No obstante, el resultado debe respetar los límites establecidos en relación con el SMVM: el mínimo representa el 50% de ese salario de referencia y el máximo equivale al 100%.

Al tratarse de un beneficio que se abona a mes vencido, la prestación correspondiente a octubre se percibirá en noviembre. De acuerdo con la escala proyectada indicada, los montos previstos son los siguientes:

  • Septiembre de 2026, con pago en octubre: mínimo de $191.800 y máximo de $383.800.
  • Octubre de 2026, con pago en noviembre: mínimo de $195.600 y máximo de $391.200.
  • Noviembre de 2026, con pago en diciembre: mínimo de $199.400 y máximo de $398.800.
  • Diciembre de 2026, con pago en enero de 2027: mínimo de $203.200 y máximo de $406.400.

La duración de la asistencia depende de los aportes acumulados durante los tres años previos a la finalización del vínculo laboral:

  • Entre 6 y 11 meses de aportes: 2 cuotas.
  • Entre 12 y 23 meses: 4 cuotas.
  • Entre 24 y 35 meses: 8 cuotas.
  • Desde 36 meses de aportes: 12 cuotas.

Las personas que tengan 45 años o más pueden acceder a seis cuotas adicionales, que se agregan a la cantidad que les corresponda por sus aportes registrados.

Cómo solicitar la prestación y qué documentos se necesitan

El procedimiento es gratuito y se puede completar de forma virtual o en una oficina de ANSES. Para presentar la solicitud, es necesario contar con el DNI y los comprobantes que acrediten la finalización del vínculo laboral.

  1. Por internet: ingresar a Mi ANSES o al servicio de Atención Virtual utilizando el CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Luego, elegir la Prestación por Desempleo, completar el formulario y adjuntar los archivos requeridos.
  2. De manera presencial: gestionar un turno en ANSES y concurrir a la dependencia asignada con los documentos originales y sus respectivas copias.

La documentación exigida depende de las causas por las que terminó la relación laboral. Entre los comprobantes posibles figuran el telegrama de despido, la carta documento, las comunicaciones enviadas por el trabajador en caso de despido indirecto, el contrato finalizado o una certificación emitida por el empleador.

Cuando el cese se produce por una quiebra, pueden requerirse constancias judiciales. En el caso de los trabajadores de la construcción, también se puede solicitar la libreta de trabajo o la tarjeta correspondiente, junto con el certificado de finalización de la actividad.

Qué beneficios adicionales ofrece la Prestación por Desempleo

Durante el período en que reciben la asistencia, los titulares conservan la cobertura de la obra social y pueden continuar cobrando las asignaciones familiares que les correspondan. Además, el tiempo durante el cual perciben el beneficio se considera período de servicio para el cálculo jubilatorio.

Si la persona consigue un nuevo empleo registrado, debe comunicarlo a ANSES dentro de los cinco días hábiles posteriores al comienzo de la actividad. Este aviso permite interrumpir el pago y prevenir la percepción de importes que no correspondan.

Calendario de pagos de la Prestación por Desempleo en octubre y noviembre

Las fechas de acreditación de la Prestación por Desempleo se organizan de acuerdo con el plan de pago y el último número del DNI de cada beneficiario. El cronograma informado se divide de la siguiente manera:

Desempleo Plan 1: octubre de 2026

  • DNI terminados en 0 y 1: jueves 22 de octubre.
  • DNI terminados en 2 y 3: viernes 23 de octubre.
  • DNI terminados en 4 y 5: lunes 26 de octubre.
  • DNI terminados en 6 y 7: martes 27 de octubre.
  • DNI terminados en 8 y 9: miércoles 28 de octubre.

Desempleo Plan 2: septiembre de 2026

Todas las terminaciones de DNI: desde el lunes 2 hasta el martes 10 de noviembre.

¿Qué te pareció esta noticia?
Like
Love
Haha
Wow
Sad
Angry