La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) incorporó un nuevo índice para actualizar los salarios utilizados como referencia al momento de calcular determinadas jubilaciones correspondientes a trabajadores en relación de dependencia.
El cambio alcanza a quienes terminaron su actividad laboral desde el 31 de agosto de 2026 y también a ciertos trabajadores que continúan en actividad y comienzan el trámite de su prestación desde el 1° de septiembre.
Cómo cambia el cálculo de la jubilación para quienes accedan a ANSES desde septiembre de 2026
La actualización fue establecida por ANSES mediante el artículo 6 de la Resolución 257/2026, publicada el 1° de septiembre en el Boletín Oficial. La norma dispone aplicar los índices previamente determinados por la Subsecretaría de Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano a través de la Disposición 10/2026.
El propósito de la medida es definir la forma en que deben actualizarse las remuneraciones correspondientes a distintos períodos de trabajo que luego intervienen en la determinación del haber inicial de determinados trabajadores que solicitan su jubilación.
Cuando una persona que trabajó bajo relación de dependencia inicia su trámite previsional, una parte del beneficio se determina considerando los salarios obtenidos a lo largo de su carrera laboral, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 24.241. Debido a que esos ingresos corresponden a diferentes períodos, es necesario actualizarlos antes de incorporarlos a la fórmula utilizada para calcular la prestación.
En ese marco, la Disposición 10/2026 de Capital Humano fijó el índice combinado destinado a actualizar las remuneraciones de años anteriores. Luego, ANSES adoptó esos valores mediante la Resolución 257/2026.
La normativa alcanza situaciones determinadas y no implica que el organismo vaya a modificar el cálculo de todas las jubilaciones que ya se encuentran vigentes.
El nuevo índice será utilizado sobre las remuneraciones consideradas para determinar determinadas prestaciones incluidas en el artículo 24, inciso a), de la Ley 24.241.
La Resolución 257/2026 identifica específicamente a dos grupos:
- Trabajadores en relación de dependencia que hayan concluido su actividad laboral desde el 31 de agosto de 2026.
- Trabajadores comprendidos en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley 24.241 que sigan trabajando y soliciten su prestación desde el 1° de septiembre de 2026.
Para estas situaciones, los salarios que intervengan en la determinación del beneficio deberán actualizarse mediante los índices aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social.
Por esa razón, el 1° de septiembre de 2026 marca un punto importante para las personas que comiencen su trámite jubilatorio dentro de los supuestos alcanzados por la resolución.
La disposición no fija un porcentaje de aumento uniforme para todos los trabajadores que se jubilen desde septiembre ni implica que los nuevos jubilados vayan a recibir necesariamente un haber más elevado.
El alcance de la medida se concentra en el procedimiento para actualizar los salarios históricos que se consideran dentro del cálculo previsional. El monto final de cada jubilación estará determinado por la historia laboral de la persona, las remuneraciones registradas y los distintos componentes que correspondan de acuerdo con cada caso.
En consecuencia, la modificación implementada por ANSES no representa un aumento extraordinario ni un pago adicional para todas las personas que comiencen a cobrar una jubilación desde septiembre. Se trata de un cambio en los índices utilizados para actualizar las remuneraciones computables que intervienen en la determinación del haber inicial.












