El Ejecutivo Nacional dispuso mediante Decreto la entrega de un refuerzo extraordinario de hasta $70.000 para determinados beneficiarios del sistema jubilatorio nacional en febrero 2025.
Esta disposición se oficializó en el Boletín Oficial mediante el Decreto 47/2025 este 31 de enero. El documento, firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Federico Adolfo Sturzenegger, establece que este beneficio busca “contrarrestar el impacto de la Ley 27.609 sobre Movilidad Jubilatoria y preservar el poder de compra de los adultos mayores”.
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El texto señala que la normativa que implementó el índice de movilidad mostró serias deficiencias en la protección de jubilados y pensionados frente a la inflación. La fórmula no incluía las variaciones de precios, lo que provocó un desajuste entre la situación económica real y los aumentos previsionales.
Como resultado, el gobierno implementó distintas medidas compensatorias y pagos extraordinarios desde principios de 2024 hasta enero de 2025.

Beneficiarios
- Titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y otras pensiones no contributivas y graciables.
Monto del Bono y requisitos
- El valor máximo del complemento será de $70.000
- Cobrarán el monto completo aquellos que reciban el haber mínimo garantizado
- Se otorgará un monto proporcional a quienes superen el mínimo, hasta completar la suma del haber básico más $70.000
- Esta ayuda no genera aportes ni se considera para otros beneficios
La normativa especifica que los beneficiarios deben tener sus prestaciones activas durante el mes de pago del complemento (febrero 2025). En pensiones compartidas, se considerará solo un beneficiario para la asignación del refuerzo.
Para las prestaciones que excedan el mínimo, el cálculo del complemento se realizará de manera que el total percibido no sobrepase el límite establecido.












