La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció los valores definitivos que percibirán jubilados y pensionados en agosto, integrando tanto el haber mensual como el bono extraordinario. Los beneficiarios que reúnan los requisitos podrán acceder a hasta $384.305 en total.
Para agosto 2025, la jubilación mínima quedó fijada en $314.305,37, luego de aplicarse el ajuste del 1,62% según la fórmula de movilidad vigente. Este porcentaje se calcula considerando el índice inflacionario de junio, manteniendo el desfase habitual de dos meses.
El bono de $70.000 continúa sin cambios desde su implementación en 2024. El Ministerio de Capital Humano, encargado de esta política asistencial, no realizó ajustes al valor del bono desde su creación. Este adicional se mantiene como apoyo económico constante para los beneficiarios.
ANSES: ¿Qué jubilados recibirán $384.305 en agosto y cómo funciona el bono?
Los beneficiarios que cobran la jubilación mínima de $314.305,37 obtendrán en agosto un bono extraordinario de $70.000, sumando un total de $384.305,37. Este pago adicional no requiere trámites ni presentación en oficinas, ya que se deposita automáticamente junto con el haber habitual, ya sea por cajero automático o en ventanilla bancaria.
Para quienes perciben montos superiores a la mínima pero inferiores a $384.305,37, el bono se calcula de forma gradual y decreciente. El esquema aplica de esta manera:
- $314.305,37: bono completo de $70.000
- $324.305,37: adicional de $60.000
- $334.305,37: bono de $50.000
- $344.305,37: refuerzo de $40.000
- $354.305,37: extra de $30.000
- $364.305,37: $20.000
- $374.305,37: solo $10.000
Los jubilados con haberes mayores a $384.305,37 no acceden al beneficio.

Fechas de pago ANSES para agosto 2025
Mientras los beneficiarios esperan el calendario oficial, se proyecta que los pagos de jubilaciones mínimas y Pensiones No Contributivas (PNC) iniciarán el jueves 8 de agosto, siguiendo el patrón de meses anteriores.
Cronograma por terminación de DNI
Jubilados con haberes mínimos:
- DNI termiandos en 0: 8 de agosto (viernes)
- DNI termiandos en 1: 11 de agosto (lunes)
- DNI termiandos en 2: 12 de agosto (martes)
- DNI termiandos en 3: 13 de agosto (miércoles)
- DNI termiandos en 4: 14 de agosto (jueves)
- DNI termiandos en 5: 15 de agosto (viernes)
- DNI termiandos en 6: 18 de agosto (lunes)
- DNI termiandos en 7: 19 de agosto (martes)
- DNI termiandos en 8: 20 de agosto (miércoles)
- DNI termiandos en 9: 21 de agosto (jueves)
Pensiones No Contributivas:
- DNI finalizados en 0-1: 8 de agosto (viernes)
- DNI finalizados en 2-3: 11 de agosto (lunes)
- DNI finalizados en 4-5: 12 de agosto (martes)
- DNI finalizados en 6-7: 13 de agosto (miércoles)
- DNI finalizados en 8-9: 14 de agosto (jueves)
Jubilados con haberes superiores al mínimo:
- DNI finalizados en 0-1: 22 de agosto (viernes)
- DNI finalizados en 2-3: 25 de agosto (lunes)
- DNI finalizados en 4-5: 26 de agosto (martes)
- DNI finalizados en 6-7: 27 de agosto (miércoles)
- DNI finalizados en 8-9: 28 de agosto (jueves)

¿Pierdes tu jubilación si no cobras el día asignado?
Muchos jubilados se preguntan si pierden su dinero al no retirar el pago en la fecha exacta establecida por ANSES. La respuesta es clara: el dinero no se pierde, pero conviene conocer los plazos y condiciones para su disponibilidad.
Cómo funciona el sistema de cobro
- Depósito automático: ANSES acredita el monto en la cuenta bancaria del titular según el calendario oficial, sin trámites adicionales.
- Disponibilidad: El dinero puede retirarse por cajero, ventanilla o usarse con tarjeta de débito. No es necesario hacerlo el mismo día del depósito.
- Plazo de retiro: Aunque se recomienda cobrar en los primeros días, el saldo no vence inmediatamente. Permanece disponible durante semanas o incluso más de un mes, según la entidad bancaria.
Consecuencias de no cobrar tu jubilación a tiempo
Cuando un beneficiario no retira su haber previsional durante 30 a 60 días, los bancos están obligados a devolver los fondos a ANSES. Sin embargo, este procedimiento no anula el derecho al cobro del dinero correspondiente.
Para recuperar el pago, el jubilado deberá:
- Solicitar turno en una sucursal de ANSES
- Pedir el reintegro del dinero no cobrado
- Verificar con el banco que los fondos ya no están disponibles
En todos los casos, los afectados pueden consultar el estado de su pago a través del sitio web oficial: anses.gob.ar.












