Con el comienzo del mes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó las actualizaciones más relevantes sobre jubilaciones, pensiones y asignaciones sociales. Entre los anuncios destacados, se confirmó el cronograma de depósitos y la continuidad de un bono extraordinario destinado a aliviar la economía de los beneficiarios.

En julio, el bono de $70.000 seguirá vigente, pero su acceso estará sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos específicos. A continuación, te contamos quiénes podrán cobrarlo y qué condiciones deben reunir para no quedar excluidos de este beneficio.

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Requisitos para cobrar el bono extraordinario de $70.000

Desde marzo 2024, el gobierno implementó un bono complementario de $70.000 dirigido específicamente a jubilados y pensionados con ingresos limitados. Este apoyo económico busca aliviar la situación de quienes perciben los haberes más bajos del sistema previsional.

El bono está disponible para tres grupos específicos:

  1. Jubilados que forman parte del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y cobran montos que no superan el mínimo vigente
  2. Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)
  3. Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

La medida excluye a quienes reciben haberes por encima del tope mínimo establecido, focalizando el apoyo en los sectores más vulnerables del sistema previsional. Este criterio garantiza que los recursos lleguen a quienes más los necesitan.

Condiciones para conservar el bono de $70.000 en julio

Límite de ingresos para acceder al beneficio

Los jubilados y pensionados podrán mantener el bono extraordinario de $70.000 durante julio solo si sus ingresos mensuales no superan el haber mínimo establecido por la legislación previsional. Esto significa que únicamente quienes perciban la jubilación o pensión más baja califican para este apoyo económico adicional.

Cronograma de pagos para julio 2025

Fechas para beneficiarios con haberes mínimos

Los adultos mayores que no excedan el tope del haber mínimo recibirán sus pagos según la terminación de su DNI:

  • DNI finalizados en 0: Martes 8 de julio
  • DNI finalizados en 1: Jueves 10 de julio
  • DNI finalizados en 2: Viernes 11 de julio
  • DNI finalizados en 3: Lunes 14 de julio
  • DNI finalizados en 4: Martes 15 de julio
  • DNI finalizados en 5: Miércoles 16 de julio
  • DNI finalizados en 6: Jueves 17 de julio
  • DNI finalizados en 7: Viernes 18 de julio
  • DNI finalizados en 8: Lunes 21 de julio
  • DNI finalizados en 9: Martes 22 de julio

Fechas para jubilados con haberes superiores al mínimo

Quienes perciban montos por encima del mínimo cobrarán en las siguientes jornadas:

  • DNI terminados en 0 y 1: Miércoles 23 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: Jueves 24 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: Viernes 25 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: Lunes 28 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: Martes 29 de julio
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