En el cierre del año, ANSES volvió a destacar una herramienta que toma especial importancia en diciembre, momento en el que jubilados y pensionados reciben el aguinaldo junto a sus haberes. En este período, donde se combinan el aumento previsto para el mes, el bono extraordinario y el movimiento económico típico de las fiestas, la opción de cobrar sin moverse del domicilio cobra mayor relevancia.

El organismo recordó que muchos beneficiarios, ya sea por motivos de salud, movilidad reducida o distancia con su entidad bancaria, necesitan alternativas formales para percibir sus ingresos sin asistir de manera presencial. Por eso, ANSES volvió a poner en foco un mecanismo que existe desde hace años, pero que todavía se usa poco y que facilita el cobro sin salir del hogar.

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ANSES confirmó que jubilados y pensionados tienen la posibilidad de designar un apoderado para que cobre en su nombre el aguinaldo y el resto de sus prestaciones, evitando cualquier traslado innecesario.

Quiénes pueden cobrar por el titular: apoderados autorizados

Según la regulación vigente, están habilitados como apoderados:

  • Cualquier persona mayor de 18 años, sin necesidad de turno en caso de ser familiar.
  • Entidades públicas de nivel nacional, provincial o municipal.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados o procuradores, siempre que el poder esté certificado por escribano.
  • En situaciones de internación, directores o administradores de hospitales, sanatorios o asilos.
  • Para quienes viven en el exterior, algunos bancos habilitados para giros internacionales, como Banco Nación, Banco Ciudad, Banco Patagonia, Banco Credicoop, Banco Piano y Banco Comafi.

Este sistema garantiza que el cobro del aguinaldo y del haber mensual continúe con normalidad, incluso cuando el titular no puede acercarse al banco por problemas de salud, distancia o internación.

Cómo designar un apoderado y qué documentación presentar

ANSES explicó que la designación del apoderado se realiza mediante un trámite simple.
Si el representante es un familiar directo, no se necesita turno, aunque sí es importante verificar antes que los datos personales y del grupo familiar estén actualizados en Mi ANSES. Después, solo corresponde presentarse con DNI y la documentación que confirme el vínculo.

En caso de tratarse de representantes especiales, profesionales o entidades autorizadas, se requiere un poder certificado que especifique las obligaciones y los alcances del representante.

Una herramienta clave para cobrar el aguinaldo en diciembre

Este mecanismo garantiza que el aguinaldo se perciba en tiempo y forma sin tener que realizar gestiones presenciales ni trasladarse al banco. Para muchos jubilados, se transforma en la alternativa más segura y cómoda, especialmente para quienes tienen dificultades de movilidad o requieren asistencia temporal durante diciembre.

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