La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) avanza con el calendario de pagos de agosto 2023, que incluye un bono extraordinario confirmado. 

El bono, que tiene un monto de $20.000, se pagará hasta este martes 22 de agosto tras el fin de semana largo. 

En paralelo, el organismo previsional continuará esta semana con la acreditación de otros extras, como el saldo de la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social para la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. 

Bono de Anses agosto 2023

El bono que entrega la Anses en agosto corresponde a una serie de refuerzos de ingresos que se entregó durante el tercer trimestre del 2023. Se acreditó un monto de $15.000 en junio, de $17.000 en julio y, este mes, el extra será de $20.000.

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El beneficio tiene el objetivo de apuntalar el poder adquisitivo de jubilados y pensionados con ingresos bajos.

¿Quiénes cobran un bono de Anses?

Pueden cobrar el bono de Anses:

  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC).

El requisito clave para acceder al bono es tener ingresos menores o iguales a un haber mínimo, que en agosto es equivalente a $70.938. 

Bono para jubilados y pensionados

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¿Cuánto cobran los jubilados de Anses?

Con el bono de $20.000, los jubilados con un haber mínimo cobrarán en agosto un total de $90.938.  

En tanto, los jubilados que perciban más de un haber mínimo recibirán un bono variable que decrece hasta los $5.000.

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Por otra parte, a partir de septiembre los titulares de jubilaciones y pensiones tendrán un nuevo Refuerzo de Ingresos de $27.000 que se sumará a un aumento del 23,29% en los haberes. En este sentido, desde el próximo mes los haberes mínimos no bajarán de los $114.000. 

¿Cuándo cobran los jubilados en agosto?

El bono de $20.000 se acreditará hasta el 22 de agosto, junto a los haberes mensuales. Luego se otorgará el bono variable de $5.000 para las personas que cobran más de un haber mínimo.

El calendario de pagos a jubilados quedó de la siguiente manera:

Jubilados que perciben un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0: 8 de agosto.
  • Documentos terminados en 1: 9 de agosto.
  • Documentos terminados en 2: 10 de agosto.
  • Documentos terminados en 3: 11 de agosto.
  • Documentos terminados en 4: 14 de agosto. 
  • Documentos terminados en 5: 15 de agosto.
  • Documentos terminados en 6: 16 de agosto. 
  • Documentos terminados en 7: 17 de agosto. 
  • Documentos terminados en 8: 18 de agosto. 
  • Documentos terminados en 9: 22 de agosto.
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Jubilados que perciben más de un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1: 23 de agosto.
  • Documentos terminados en 2 y 3: 24 de agosto.
  • Documentos terminados en 4 y 5: 25 de agosto.
  • Documentos terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
  • Documentos terminados en 8 y 9: 29 de agosto.

Fuente: Baenegocios

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