El Gobierno nacional oficializó una modificación clave en el cálculo de las jubilaciones iniciales que comenzará a regir en diciembre de 2025. La Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, confirmó mediante la Disposición 29/2025 un nuevo índice combinado que servirá para actualizar las remuneraciones consideradas al establecer el primer haber jubilatorio.
El nuevo indicador se aplicará exclusivamente a quienes se jubilen por primera vez. Desde el Ejecutivo remarcaron que la fórmula de movilidad mensual basada en la inflación sigue vigente, por lo que el único punto que cambia es el método utilizado para definir el monto inicial con el que una persona ingresa al sistema previsional.
En qué consiste el nuevo cálculo
El sistema actualizado reemplaza al mecanismo utilizado hasta noviembre y busca que los futuros jubilados perciban montos iniciales más acordes con la evolución real de los salarios y con el efecto acumulado de la inflación de los últimos años.
A quiénes alcanza la modificación
La disposición comprende a todos los trabajadores que culminen su actividad laboral desde el 30 de noviembre de 2025 o que inicien su trámite jubilatorio a partir del 1° de diciembre. A diferencia del régimen previo, las remuneraciones históricas se recalcularán cada trimestre, lo que reduce la demora generada por los ajustes anteriores.
Qué pretende el Gobierno con esta reforma
De acuerdo con el Ministerio de Capital Humano, el objetivo central es fortalecer la equidad y la transparencia del sistema previsional. Hasta ahora, los montos iniciales se definían con salarios que no reflejaban del todo el impacto inflacionario, lo que derivaba en jubilaciones de origen mucho más bajas respecto del ingreso real del trabajador.
Con el nuevo índice, los sueldos de años previos se llevarán a valores actuales, con el fin de garantizar un primer haber más representativo y menos expuesto a la pérdida de poder adquisitivo.

Cómo se calculará el nuevo índice para jubilaciones
El indicador aprobado combina dos variables principales:
- RIPTE, que registra la evolución de los salarios formales.
- Índice de Movilidad Previsional, fijado por la Ley 27.260, que determina aumentos trimestrales para jubilaciones, pensiones y asignaciones.
Los dos componentes se integrarán en una fórmula única, elaborada y publicada cada tres meses por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social, siguiendo lo establecido en el Decreto 104/2021 y la Resolución 3/2021.
Este método busca asegurar una actualización continua, clara y técnicamente alineada con el comportamiento económico general.
Impacto para quienes se jubilen en el futuro
El efecto del nuevo índice se notará de manera gradual. Para trabajadores cuyos salarios quedaron retrasados por la inflación o por períodos sin aumentos, el cambio podría generar un incremento significativo en el monto inicial de su jubilación.
Es fundamental señalar que esta disposición no altera la movilidad mensual que reciben actualmente los jubilados. La reforma aplica únicamente al cálculo del primer haber de quienes ingresen al régimen previsional.















