La ANSES mantiene una normativa que puede modificar el cobro de determinadas jubilaciones y pensiones cuando sus titulares permanecen fuera de Argentina durante un período extenso.

Las reglas vigentes establecen requisitos relacionados con la residencia y contemplan la posibilidad de suspender determinadas prestaciones cuando se registra una permanencia en el exterior superior a los 90 días corridos, de acuerdo con las características de cada beneficio.

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ANSES puede suspender el pago si el jubilado permanece más de 90 días fuera del país

La Resolución 918/2024 determina que, para algunas prestaciones no contributivas y asignaciones que exigen residencia en Argentina, permanecer fuera del territorio durante más de 90 días corridos implica dejar de cumplir temporalmente con esa condición.

Cuando ANSES comprueba esta situación, puede ordenar la suspensión del beneficio hasta que el titular solicite la reactivación y vuelva a acreditar su residencia en el país.

Para realizar estos controles, el organismo previsional puede utilizar los registros proporcionados por Migraciones, lo que permite verificar las fechas de salida y regreso de los beneficiarios.

Por este motivo, quienes tengan previsto permanecer durante varios meses en el extranjero deberían consultar previamente cuáles son las condiciones aplicables a la prestación que reciben.

Qué deben hacer los jubilados que viajen al exterior durante más de tres meses

ANSES contempla un procedimiento para comunicar una ausencia prolongada del territorio argentino. La gestión está destinada a jubilados y pensionados que tengan previsto permanecer fuera del país durante más de tres meses.

Para informar la situación, se debe presentar la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Formulario PS 6.246 – Ausencia y regreso al país.
  • Último recibo de haberes.
  • Pasaporte y pasaje, o el certificado emitido por la empresa de transporte correspondiente.
  • En caso de actuar mediante un apoderado, la documentación que acredite dicha representación.

El trámite es gratuito y puede realizarse presencialmente en una oficina de ANSES, sin necesidad de solicitar turno previamente, de acuerdo con la información del organismo.

Viajes al exterior: cómo evitar que ANSES suspenda la jubilación

Informar correctamente una ausencia prolongada puede ayudar a evitar inconvenientes en el cobro cuando un jubilado o pensionado necesita permanecer fuera de Argentina durante un período considerable.

Al regresar al país, también es necesario comunicar el reingreso dentro de los 30 días y presentar el pasaje de regreso o el pasaporte que permita acreditar la vuelta.

Si el titular necesita extender el período de permanencia previsto inicialmente, existe la posibilidad de solicitar una prórroga bajo las condiciones correspondientes.

Esta cuestión cobra especial relevancia para quienes suelen permanecer durante largas temporadas en el extranjero o dividen su tiempo entre Argentina y otro país.

¿Qué pasa si ANSES ya suspendió el pago?

Una suspensión no implica necesariamente la pérdida definitiva de la jubilación o pensión.

El organismo previsional cuenta con un procedimiento destinado a reactivar los haberes suspendidos de jubilados y pensionados. Entre las situaciones que pueden derivar en una suspensión se encuentra la permanencia prolongada fuera del país sin haber comunicado previamente la ausencia.

Para solicitar la reactivación, el titular debe presentar la documentación requerida y acreditar su situación.

La gestión puede iniciarse mediante Atención Virtual, utilizando CUIL y Clave de la Seguridad Social. También existe la posibilidad de realizar el trámite presencialmente con turno.

La regla que los jubilados deben tener en cuenta antes de viajar

Antes de viajar, quienes reciben una prestación de ANSES deben diferenciar entre una salida temporal y una permanencia prolongada en otro país.

Un viaje de algunos días o semanas no representa lo mismo que una ausencia superior a tres meses. Sin embargo, cuando la estadía fuera de Argentina supera los 90 días, es importante informar la situación al organismo y revisar las condiciones específicas correspondientes al beneficio.

De esta manera, quienes tengan previsto permanecer en el exterior durante un período prolongado podrán reducir el riesgo de enfrentar suspensiones, demoras o inconvenientes en el cobro de sus haberes.

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