El Gobierno puso en marcha un nuevo sistema de ayuda económica para hogares que no cuentan con red de gas natural, luego de la baja del Programa Hogar. Desde ahora, quienes compren garrafas de gas licuado de petróleo podrán obtener un reintegro de $9.593 por cada envase de 10 kilos.

La iniciativa se integra al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), mecanismo creado para reemplazar al programa anterior ya discontinuado.

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Cómo funciona el nuevo beneficio para garrafas

El esquema dispone que cada usuario deberá adquirir la garrafa por su cuenta y, posteriormente, recibirá la devolución del importe correspondiente en la cuenta bancaria o billetera virtual informada. Para administrar ese circuito de pagos digitales, el Banco Nación tendrá a cargo la operatoria.

Esto significa que Anses dejará de intervenir en la acreditación que antes se realizaba mediante el Plan Hogar.

La decisión fue oficializada por la Disposición 1/2026 del Ministerio de Economía, que estableció un reintegro de $9.593 por garrafa de 10 kilos. Sin embargo, se fijaron límites mensuales según la temporada:

  • De abril a septiembre: se reconocerán hasta dos garrafas mensuales por vivienda.
  • De octubre a marzo: solo se devolverá el valor de una garrafa por mes.

Quiénes pueden acceder al programa que reemplaza al Plan Hogar

La asistencia está dirigida a familias sin conexión domiciliaria a gas natural. Podrán anotarse tanto nuevos solicitantes como quienes cobraban el beneficio anterior, aunque estos últimos deberán registrarse nuevamente durante el primer semestre del año.

Para solicitarlo, será obligatorio inscribirse en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) desde la plataforma oficial de subsidios estatales.

Requisitos para cobrar el reintegro

Para percibir la devolución por compra de garrafas dentro del nuevo sistema, los interesados deberán reunir estas condiciones:

  • Tener ingresos familiares iguales o inferiores a $4.303.392, equivalente a tres Canastas Básicas Totales.
  • También podrán ingresar quienes superen ese monto si poseen:
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra.
  • Certificado de Vivienda Familiar emitido por el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).

Quedarán excluidos del subsidio para garrafa quienes tengan vehículos con hasta tres años de antigüedad (excepto casos con CUD), tres o más propiedades, embarcaciones de lujo, aeronaves o participaciones societarias activas.

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