La ANSES continúa con una moratoria previsional vigente que resulta fundamental para quienes no alcanzan los 30 años de aportes requeridos y desean jubilarse.

Este mecanismo permite cancelar períodos adeudados con anticipación, facilitando así el ingreso al sistema jubilatorio en condiciones más accesibles.

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Quiénes pueden ingresar al plan de pago previsional

El organismo informó que esta herramienta está orientada a mujeres que tengan entre 50 y 59 años y a varones de 55 a 64 años. La iniciativa apunta a que los trabajadores regularicen su situación previsional con antelación, evitando inconvenientes al momento de iniciar el trámite jubilatorio.

El beneficio abarca tanto a empleados en relación de dependencia como a trabajadores autónomos y monotributistas. Este esquema fue implementado mediante la Ley 27.705 y habilita a completar aportes desde los 18 años hasta marzo de 2012 inclusive, permitiendo así normalizar la historia laboral.

Cómo gestionar la moratoria en ANSES

El primer paso consiste en ingresar a Mi ANSES para revisar el historial laboral registrado. Allí se pueden verificar los aportes efectuados y calcular los años que faltan para cumplir con los requisitos. Además, se recomienda analizar los períodos trabajados como independiente mediante el SICAM, sistema vinculado a la ARCA, donde se detalla la información previsional correspondiente.

Después, dentro de la plataforma de ANSES, se debe acceder a “Solicitud de Prestaciones” y luego dirigirse a “Plan de pago de deuda previsional para trabajadores”. El sistema permitirá elegir los períodos a regularizar y emitirá un VEP para concretar el pago.

Una vez abonado, el período correspondiente se acredita automáticamente en el registro. También se puede optar por pedir un turno y concurrir a una oficina de ANSES para recibir asistencia personalizada en el trámite.

Calendario de pagos de jubilados en marzo

Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo

  • DNI terminado en 0: 9 de marzo
  • DNI terminado en 1: 10 de marzo
  • DNI terminado en 2: 11 de marzo
  • DNI terminado en 3: 12 de marzo
  • DNI terminado en 4: 13 de marzo
  • DNI terminado en 5: 16 de marzo
  • DNI terminado en 6: 17 de marzo
  • DNI terminado en 7: 18 de marzo
  • DNI terminado en 8: 19 de marzo
  • DNI terminado en 9: 20 de marzo

Jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 20 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 25 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 26 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 30 de marzo
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