Mediante el Ministerio de Capital Humano, conducido por Sandra Pettovello, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) administra la liquidación de jubilaciones y pensiones. Dentro de ese esquema funciona un mecanismo legal que busca asegurar que los beneficiarios alcancen el haber mínimo previsional.

El procedimiento está previsto en los artículos 17 y 34 de la Ley 24.241 y cuenta con la reglamentación del Decreto 525/1995. La normativa establece una compensación económica para cubrir la diferencia entre el importe que le corresponde a cada persona según sus aportes y el piso mínimo determinado por el sistema previsional.

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Por lo tanto, cuando el cálculo de una jubilación arroja una suma menor al mínimo vigente, se incorpora un complemento hasta alcanzar ese valor. La finalidad es asegurar un nivel básico de ingresos para los beneficiarios, con un monto que se actualiza periódicamente mediante la fórmula de movilidad.

Cómo funciona la garantía del haber mínimo de Anses

La legislación previsional contempla este mecanismo para garantizar que los jubilados incluidos en el régimen reciban, al menos, el importe mínimo establecido por las autoridades.

Para cumplir con esa disposición, Anses tiene que controlar el valor de cada prestación y, si corresponde, agregar la compensación necesaria para cubrir la diferencia.

Este complemento no representa una asignación separada ni exige, en principio, que el titular presente una solicitud adicional. Es una herramienta prevista por la ley para asegurar que se respete el piso de ingresos previsionales.

El importe de la garantía se modifica cada vez que se actualiza la jubilación mínima, de acuerdo con el esquema de movilidad vigente.

En noviembre, los jubilados que cobran el haber mínimo recibirán un bono de $70.000. En cambio, quienes perciban una suma superior accederán a un refuerzo proporcional, siempre que no superen el límite establecido para cobrarlo.

Qué dispone el Decreto 525/1995 para los jubilados que regresan al trabajo

La reglamentación también aborda el caso de las personas que, después de jubilarse, deciden volver a realizar una actividad laboral.

De acuerdo con el Decreto 525/1995, los jubilados que retoman una ocupación, tanto bajo relación de dependencia como por cuenta propia, deben seguir efectuando los aportes previsionales que exige la legislación.

Esta disposición comprende a quienes se reincorporan al mercado laboral después de obtener su beneficio jubilatorio. De esta forma, el marco normativo determina las obligaciones que deben cumplir durante el desarrollo de una nueva actividad económica.

Cómo pueden reclamar los jubilados ante la Justicia

Otro punto regulado por el decreto se refiere a las demandas judiciales contra Anses, en particular aquellas relacionadas con la actualización de los haberes previsionales.

La reglamentación incorporó disposiciones para facilitar el acceso a la Justicia de los jubilados que residen en localidades del interior. Entre ellas, contempla la posibilidad de presentar demandas ante el juzgado federal que corresponda a su jurisdicción.

El propósito es evitar que los beneficiarios tengan que viajar a otras ciudades para iniciar o continuar sus reclamos por cuestiones previsionales. De esta manera, se busca acercar los procedimientos judiciales a quienes necesitan solicitar una revisión de sus haberes.

Cómo se determina la prioridad para cobrar retroactivos

El Decreto 525/1995 también establece pautas para ejecutar las sentencias firmes que obligan a Anses a pagar diferencias en las jubilaciones y los importes retroactivos reconocidos judicialmente.

Para estos casos, la normativa contempla un sistema de prioridades basado en la edad de las personas que realizaron el reclamo. Así, los demandantes de mayor edad cuentan con preferencia para recibir las sumas que les reconoció la Justicia.

De todos modos, el cumplimiento de estas obligaciones también depende de que existan partidas presupuestarias disponibles para afrontar los pagos.

En conjunto, estas disposiciones regulan diferentes cuestiones del régimen previsional: la protección del haber mínimo, los aportes de los jubilados que vuelven a trabajar y las condiciones para iniciar reclamos judiciales y acceder al cobro de retroactivos.

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