La presentación de la Libreta AUH permite que los titulares puedan cobrar el 20% de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que ANSES retiene cada mes. Sin embargo, el importe acumulado no se deposita inmediatamente después de completar la gestión.

Una vez presentada la Libreta, es necesario considerar un plazo de hasta 90 días para que ANSES procese y liquide el complemento. Si transcurrió ese período sin recibir el pago, el titular puede revisar el estado del trámite y, si corresponde, iniciar un reclamo.

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AUH: cuándo se puede reclamar el 20% retenido

Los 90 días comienzan a contarse desde el momento en que el titular completa la presentación de la Libreta. Durante ese período, ANSES puede procesar la información y acreditar el 20% acumulado de la AUH, por lo que conviene esperar hasta que finalice el plazo antes de solicitar una revisión por falta de pago.

Si ya transcurrieron más de 90 días, es importante comprobar primero que la Libreta haya sido registrada correctamente. Esta información puede consultarse mediante Mi ANSES, ingresando en la sección “Hijos” y posteriormente en “Libreta AUH”.

Cuando el sistema indica que todas las partes de la Libreta fueron completadas y ya pasaron más de 90 días sin recibir el dinero retenido, el beneficiario puede comunicarse con ANSES al 130. A través de este canal puede consultar y reclamar por la falta de acreditación del porcentaje retenido de la Asignación Universal por Hijo.

En consecuencia, la fecha clave para determinar cuándo reclamar es aquella en la que se presentó la Libreta. Mientras no se cumplan los 90 días, se debe considerar el período establecido para procesar el pago. Una vez vencido ese plazo, es posible revisar el estado de la gestión y efectuar el reclamo correspondiente ante ANSES.

Cómo será el pago del monto retenido de la AUH

La Resolución 508/2026 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social contempla un sistema mediante el cual ANSES podrá acreditar de forma automática el porcentaje mensual retenido de la AUH. Esta modificación cambia el procedimiento previsto para cobrar el complemento, aunque todavía no se comunicó la fecha en que comenzará el intercambio de datos necesario para aplicar el nuevo mecanismo.

Mientras el sistema automático no entre en funcionamiento, la Libreta AUH sigue siendo el trámite necesario para cobrar el porcentaje retenido. Por este motivo, quienes ya completaron la presentación deben tomar nota de la fecha en que realizaron la gestión y seguir su evolución a través de Mi ANSES.

Si la plataforma informa que todas las secciones están completas y transcurrieron más de 90 días sin recibir el 20% retenido, el titular puede comunicarse con el 130 para consultar por la falta de acreditación. De esta manera, el procedimiento consiste primero en controlar el estado de la Libreta y, si el período de liquidación ya terminó, avanzar con el reclamo correspondiente.

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