El Gobierno nacional oficializó en el Boletín Oficial el pago del bono extraordinario para jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) correspondiente a julio de 2026. La medida confirma la continuidad del refuerzo de hasta $70.000 y establece qué beneficiarios quedarán excluidos del adicional.
Cuánto cobran los jubilados de ANSES en julio de 2026
Con el aumento del 2,15% aplicado por la fórmula de movilidad, la jubilación mínima pasó a ser de $411.989,33. Quienes reciban el bono completo de $70.000 percibirán un ingreso total de $481.989,33.
Por su parte, la jubilación máxima quedó fijada en $2.772.298,06.
El incremento también alcanza al resto de las prestaciones administradas por ANSES, que se actualizan mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Quiénes cobran el bono de hasta $70.000
El refuerzo extraordinario está destinado a los siguientes beneficiarios:
- Jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (PNC) por vejez, invalidez y para madres de siete hijos o más.
Cómo se paga el bono de ANSES
Los jubilados que perciben un haber equivalente a la jubilación mínima cobran el bono completo de $70.000.
En cambio, quienes superan el haber mínimo reciben un monto proporcional, calculado para que el ingreso total alcance el límite de $481.989,33.
Quiénes no cobran el bono en julio
Los jubilados y pensionados cuyos haberes sean iguales o superiores a $481.989,33 no recibirán el refuerzo extraordinario.
Ese tope surge de la suma entre la jubilación mínima vigente ($411.989,33) y el bono completo de $70.000. Por encima de ese monto, ANSES no liquida ningún adicional.
Calendario de pago del bono para jubilados en julio de 2026
Jubilados y pensionados que cobran la mínima
- DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio.
- DNI terminados en 2: 13 de julio.
- DNI terminados en 3: 14 de julio.
- DNI terminados en 4: 15 de julio.
- DNI terminados en 5: 16 de julio.
- DNI terminados en 6: 17 de julio.
- DNI terminados en 7: 20 de julio.
- DNI terminados en 8: 21 de julio.
- DNI terminados en 9: 22 de julio.
Jubilados y pensionados que superan la mínima
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
- DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.












