Jubilados y pensionados de Anses cobran un extra en julio para acompañar sus ingresos frente a la situación económica. ¿Reciben la Tarjeta Alimentar?

Anses y los distintos ministerios impulsan complementos para sectores vulnerables, como quienes reciben alguna prestación social a modo de asistencia. 

El Programa Alimentar es una iniciativa del Ministerio de Desarrollo Social que busca garantizar la alimentación de calidad a ciertos grupos. Se entrega todos los meses para quienes cumplen los requisitos. 

Tarjeta Alimentar Anses

El plan de Desarrollo Social busca acompañar a las familias con niños, niñas y adolescentes, garantizando el acceso a la alimentación de calidad. En concreto, la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social les corresponde a cuatro grupos.

  • AUH con hijos de hasta 14 años inclusive.
  • AUH por discapacidad, sin límite de edad.
  • Embarazadas de 3 meses o más que cobren la Asignación por Embarazo. 
  • Mares de 7 hijos o más que cobren una Pensión No Contributiva (PNC). 
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Jubilados y pensionados no cobran la Tarjeta Alimentar porque no se adaptan a las condiciones para la entrega. Este grupo recibe un acompañamiento específico para ellos.  

Novedades para jubilados y pensionados

Bono de Anses para jubilados

El Gobierno lanzó el bono para jubilados. Se entregará por tres meses, desde junio. Su monto aumentará cada mes, hasta agosto en que recibirán $20.000. 

  • $15.000 en junio.
  • $17.000 en julio.
  • $20.000 en agosto.

El requisito clave para acceder es percibir hasta un haber mínimo, que equivale a $70.938. Sin embargo, para aquellos jubilados y pensionados que superen dicho monto, se establecerá un bono variable de hasta $5.000 para aquellos que reciban hasta dos haberes mínimos.

Mi Anses: últimas noticias

Calendario de pago Anses julio 2023: cuándo se cobra el bono

Las fechas de cobro del bono ya están confirmadas. 

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Pensiones No Contributivas (PNC)

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de julio de 2023.

Jubilados que cobran un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 10 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de julio de 2023. 
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de julio de 2023.
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Jubilados que perciben más de un haber mínimo: fecha de cobro julio 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de julio de 2023.

Fuente: Baenegocios

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