La Administración Nacional de la Seguridad Social comenzará a pagar con aumento desde el próximo viernes 1 de abril el Programa Acompañar, destinado a mujeres y personas de la comunidad  LGBTIQ+ que sufren violencia de género.

Se trata de un plan  que es impulsado desde el Ministerio de Géneros y Diversidad, con el objetivo de proveer de una asistencia a este grupo de personas en situación de vulnerabilidad y permitir su autonomía económica.

Con el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), este programa recibirá la misma suba y en los mismos meses estipulados, que será del 18% en abril, un 10% en junio, otro 10% en agosto y un 7% en diciembre.

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De esta manera, el segundo incremento del año para el Programa Acompañar será del 18% y desde abril las beneficiarias del Programa Acompañar recibirán $38.940.

El plan deberá después subir en junio a $42.240, en el mes de agosto a $45.540 y, finalmente en diciembre de 2022 a $47.850.

Por su parte, el incremento sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil también impactará en otras prestaciones que paga ANSES, como es el caso de plan Potenciar Trabajo.

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Requisitos para acceder al Programa Acompañar y cobrar $38.940 desde abril

– Ser mujer o LGBTIQ+ y encontrarse en situación de violencia de género.

–  Tener entre 18 y 65 años. 

– No se precisa presentar denuncia. 

¿Cómo acceder al Programa Acompañar?

La forma de anotarse al programa no es mediante un formulario online, sino a través de las unidades de acompañamiento. Se puede consultar el listado completo de estos centros en este enlace.

También puede comunicarse con la Línea 144 para recibir información, a través de un llamado al 144, escribiendo por WhatsApp al 1127716463 o por mail a [email protected].

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¿Qué prestaciones no son compatibles con este plan?

– Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).

– Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.

– Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.

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