El Gobierno nacional confirmó cómo será el nuevo sistema de reintegros que pasará a sustituir al Plan Hogar. A partir de esta modificación, quienes estén registrados en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) deberán adquirir las garrafas en comercios habilitados utilizando las billeteras virtuales BNA+ o MODO para acceder al beneficio.

Cómo será el reintegro del reemplazo del Plan Hogar

El esquema actualizado establece que cada usuario tendrá que comprar la garrafa mediante los medios de pago autorizados y luego recibirá el reintegro del subsidio en su cuenta bancaria o virtual. De esta manera, ANSES dejará de depositar una asistencia mensual fija como ocurría anteriormente.

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Para poder acceder al beneficio será necesario cumplir con estas condiciones:

En el caso de MODO, los usuarios podrán operar con cualquiera de las entidades bancarias vinculadas a la plataforma. Esto amplía las alternativas disponibles y evita la obligación de tener una cuenta en Banco Nación para utilizar el beneficio.

El Gobierno fijó el reintegro del nuevo subsidio para garrafas en $9.593 por cada envase de 10 kilos. No obstante, el monto podría modificarse en función de futuras variaciones en el precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP).

Cantidad de garrafas incluidas en el subsidio

El nuevo sistema prevé límites mensuales diferentes según la temporada del año:

  • Entre abril y septiembre: hasta dos garrafas por hogar cada mes.
  • Entre octubre y marzo: una garrafa mensual por vivienda.

La medida busca reforzar la cobertura durante los meses de invierno, período en el que suele incrementarse el consumo de gas envasado para calefacción y cocina.

Requisitos para cobrar el nuevo beneficio

Todas las personas interesadas deberán inscribirse nuevamente en el esquema actualizado, incluso quienes ya recibían asistencia mediante el antiguo Plan Hogar. Para acceder al reintegro de garrafas 2026, los ingresos mensuales del grupo familiar no podrán superar los $4.303.392.

También podrán ingresar hogares que excedan ese límite si alguno de sus integrantes posee un Certificado Único de Discapacidad (CUD) o una Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra. Del mismo modo, se contemplan familias con Certificado de Vivienda Familiar emitido por el ReNaBaP.

Quedarán excluidos del nuevo programa quienes tengan vehículos con menos de tres años de antigüedad —excepto hogares con CUD—, tres o más propiedades registradas, o bienes como embarcaciones de lujo, aeronaves y participaciones societarias.

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