La licenciada Clara Salguero, especialista en temas previsionales, se refirió en A24 a la vigencia del Certificado Único de Discapacidad (CUD) y aclaró que los documentos que vencieron en 2025 mantienen su validez durante todo 2026. Sin embargo, remarcó que las personas titulares deben tener presente la necesidad de realizar la renovación correspondiente.

Según explicó Clara Salguero, la renovación debe efectuarse en la misma fecha en la que el CUD venció el año anterior. A modo de ejemplo, quienes tuvieron vencimiento en enero de 2025 deben renovarlo en enero de 2026.

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Además, la periodista señaló que la duración del certificado varía según el tipo de discapacidad. El período de vigencia se determina al momento de otorgarlo, en función del cuadro clínico evaluado por los profesionales intervinientes.

Certificado Único de Discapacidad sin fecha de vencimiento

La periodista recordó que en algunos casos es posible acceder al CUD sin vencimiento. Esta modalidad se encuentra contemplada en la Resolución 1654/2024 de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).

Pueden obtener el certificado sin fecha límite:

  • Personas que realizaron al menos dos renovaciones previas del CUD.
  • Mayores de 60 años con funciones corporales estables durante los últimos cinco años.
  • Personas que utilizan de manera permanente equipamiento o dispositivos para conservar funciones vitales.
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No todos los titulares del CUD acceden a una PNC

Clara Salguero destacó que el 12,9% de la población argentina presenta algún tipo de discapacidad, lo que representa aproximadamente 5.900.000 personas. No obstante, solo 1.900.000 ciudadanos cuentan con un CUD vigente.

Ante las consultas frecuentes, la licenciada explicó que el grado de invalidez requerido para una pensión no contributiva (PNC) es diferente al exigido para el CUD. En el caso del certificado, se evalúa si la discapacidad es leve, moderada o grave, mientras que para la prestación de ANSES se exige un 66% de invalidez laboral.

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Por último, señaló que los requisitos de la PNC indican que los beneficiarios no deben percibir ingresos de ningún tipo, condición que se modificará con la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

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