Recientemente, la atención se centró no solo en el próximo calendario de pagos de ANSES para octubre, sino también en las modificaciones que el Gobierno Nacional implementará en las Pensiones No Contributivas por Invalidez.
Aunque ya se conocía que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) iniciaría auditorías debido a irregularidades, lo que podría resultar en la cancelación de miles de pensiones, un nuevo decreto ahora confirma todas las alteraciones que experimentará esta prestación y establece nuevos criterios de elegibilidad.
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A continuación, presentamos un resumen detallado de la resolución, incluyendo quiénes podrían perder el derecho a la PNC, todas las condiciones para obtener y mantener este beneficio, y otros datos relevantes a considerar.
PNC de ANSES: ¿Qué cambios tendrá la pensión por invalidez?
El Decreto 843/2024, firmado por el presidente Javier Milei, oficializó cambios significativos en la pensión por invalidez. Este decreto anuló varias disposiciones vigentes desde el año pasado, incluyendo la compatibilidad con el empleo formal.
Este decreto también autoriza la realización de auditorías a numerosas pensiones. Además, se establecieron nuevos requisitos para “recuperar el propósito original de la norma”. Esta entiende la Pensión No Contributiva por Invalidez como una ayuda para quienes tienen limitaciones laborales debido a problemas de salud, en un contexto de vulnerabilidad social, geográfica y económica que dificulta el acceso a derechos básicos como alimentación, atención médica y protección familiar.
Asimismo, se ajustaron y añadieron otras condiciones tras detectar más irregularidades, como discrepancias en los domicilios declarados por muchos beneficiarios que fueron posteriormente verificados.
¿Quiénes perderán la Pensión No Contributiva?
En la actualidad, se cancelaron 10.900 pensiones de un total de 330.000 administradas por ANDIS. Esta medida se tomó porque los beneficiarios no residían en la dirección registrada y se descubrió que menos del 50% cumplía con los criterios establecidos. Estos hallazgos surgieron de una evaluación inicial, pero como la normativa permite realizar una nueva revisión, se anticipa que ocurran más cancelaciones.
No obstante, las personas que efectivamente cumplen con los requisitos y realizaron el procedimiento correctamente conservarán su pensión. Esto se debe a que no existen motivos para suspenderla y, además, se trata de un beneficio de por vida.
¿Cuáles son los nuevos requisitos para cobrar la pensión?
Estos son los nuevos requisitos para cobrar y mantener las pensiones por invalidez:
- Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. De acuerdo con el decreto, se presume incapacidad total cuando la invalidez produce una disminución del 66% o más en la capacidad laboral. Esto es porque el gobierno asume que esta condición no permite trabajar y por ese motivo dejó de ser compatible con el empleo formal.
- Presentar el Certificado Médico Oficial (CMO) y la documentación médica que lo respalde, con la patología y el grado de incapacidad indicado y firmado por un médico.
- No poseer un vínculo laboral formal ni encontrarse inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.
- Acreditar la identidad, nacionalidad y edad a través del DNI.
- Ser argentino nativo o naturalizado y residir en el país (mínimo 3 años). Las personas extranjeras deberán tener una residencia mínima y continuada de 10 años en el país.
- No tener otro régimen de previsión, retiro permanente o pensión de carácter contributivo o no contributivo.
- Los menores de edad no deben tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarles alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos de poder hacerlo. Esto indica que se realizará una evaluación socioeconómica.
- No tener pariente o cónyuge que esté obligado legalmente a proporcionar alimentos y sustento económico, o que, teniéndolos, no sea suficiente para la subsistencia.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan su subsistencia. La ANDIS será la encargada de establecer los criterios socioeconómicos con el fin de evaluar y acreditar el cumplimiento de este requisito.
- No encontrarse detenido en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia.
Es importante recordar que todas las peticiones serán sometidas a evaluaciones médicas y socioeconómicas. El objetivo de estas revisiones es detectar y rectificar irregularidades, garantizando que los recursos se empleen de forma apropiada y que las personas con verdadera necesidad reciban la asistencia requerida, según indica el comunicado oficial.
Además, es fundamental tener en cuenta que el proceso se inicia en ANSES con la presentación del CMO y los documentos requeridos. Posteriormente, se llevará a cabo la evaluación pertinente y el cotejo de información para proseguir con el trámite hasta la concesión de la pensión.
Información relevante
El decreto incluye un anexo oficial donde se especifican detalladamente todos los requisitos y se proporciona una explicación minuciosa de cada uno de ellos.
¿Cuáles serán el montos de las PNC en octubre 2024?
En octubre, todos los beneficiarios activos recibirán un incremento del 4,17%, el cual ya se confirmó para jubilados y pensionados. Como resultado, las PNC tendrán los siguientes valores:
- PNC Madres de 7 hijos: Percibirán un monto igual a la jubilación mínima, que asciende a $244.320. Adicionalmente, si tienen hijos menores de 17 años, recibirán la Tarjeta Alimentar, cuyo monto aún no se ajustó.
- PNC por vejez, invalidez o discapacidad: Recibirán el 70% de la jubilación mínima, lo que equivale aproximadamente a $171.024.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): Corresponde al 80% del haber mínimo, por lo que el monto a cobrar en octubre será de $195.456.
Además de estos montos, se añadirá un bono de $70.000. Por ejemplo, las madres de 7 hijos recibirán un total de $314.320, y en todos los casos, el monto final aumentará con este refuerzo adicional. Es importante mencionar que el calendario de pagos comenzará el martes 8 de octubre.












