La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio inicio este lunes al programa Compre sin IVA, que prevé un reintegro del impuesto con un tope de $18.800 para la compra de los productos de la canasta básica.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Además, en su primer día de vigencia, la AFIP lanzó una web para que los potenciales beneficiarios puedan corroborar si van a recibir el reintegro.

La medida, establecida mediante la Resolución General N°5418/2023 publicada en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 20 millones de personas.

A partir de esta norma, trabajadores y trabajadoras que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, recibirán el equivalente al 21% de sus gastos realizados con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad.

En cuanto a los tiempos de reintegro del IVA, el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, detalló que “las compras que se hagan hasta las 17 tendrán su IVA reintegrado en 24 horas, en tanto que será de 48 horas para las operaciones posteriores a esa hora”.

Nómina de beneficiarios IVA

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

  • Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales. Los jubilados deberán percibir un tope de ingresos de $524.758,56. 
  • Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social. El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
  • Titulares de asignaciones por embarazo para protección social.
  • Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas. Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
  • Personal de Casas Particulares.
  • Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Personas excluidas

Estarán excluidas del régimen de reintegros:

  • Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
  • Trabajadores autónomos.

Compre sin IVA afip

Para que te devuelvan él limite de $18.800, se deberá gastar en una compra $89.523 en productos de la canasta básica. Además, el descuento será acumulable con otros beneficios bancarios.

Qué productos entran en la devolución del IVA

La Canasta Básica Alimentaria (CBA) es el conjunto de alimentos y bebidas que satisfacen los requerimientos nutricionales, kilocalóricos y proteicos de la población. La CBA del Instituto Nacional de Estadística y Censos, cuyos productos están afectados con la medida impositiva anunciada por Sergio Massa y tienen reintegro, está compuesta por:

  • Pan
  • Galletitas de agua
  • Galletitas dulces
  • Arroz
  • Harina de trigo
  • Fideos
  • Papa
  • Batata
  • Azúcar
  • Dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche
  • Legumbres secas
  • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo
  • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera
  • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado
  • Menudos (Hígado)
  • Fiambres: paleta cocida y salame
  • Huevos
  • Leche
  • Quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar
  • Yogur
  • Manteca
  • Aceite
  • Bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda
  • Bebidas alcohólicas: cerveza y vino
  • Sal fina
  • Condimentos: mayonesa y caldos concentrados
  • Vinagre
  • Café
  • Yerba

Para que se ejecute el reintegro, la compra se debe realizar con tarjeta de débito y el comercio debe estar inscripto en AFIP con los códigos de seguridad que determina el organismo en afip.gob.ar.

AFIP reintegro por compras con tarjeta de débito

La AFIP puso en funcionamiento una web que permite saber si una persona está alcanzada por el beneficio de Compre sin IVA, y se puede consultar de la siguienta manera:

  1. Se puede llegar a la misma buscando “Compre sin IVA – AFIP” y luego haciendo click en “nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros” o directamente ingresando al link servicioscf.afip.gob.ar/reintegro/
  2. Una vez allí, habrá que ingresar el CUIL/CUIT en guiones ni espacios en uno de los cuadros y copiar un código de seguridad en el siguiente (el código es provisto en el momento por la misma página, para copiarlo correctamente hay que respetar mayúsculas y minúsculas).
  3. Una vez hecho eso, sólo queda hacer click en “consultar”.

El beneficio de devolución del 21% del monto final estará vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica, como los de higiene personal./Baenegocios

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