En Argentina, los beneficios sociales administrados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) representan una herramienta fundamental de apoyo para las familias en situación de vulnerabilidad. Entre estos, la Asignación Universal por Hijo (AUH) destaca como uno de los más importantes, llegando mensualmente a millones de hogares. Surge frecuentemente la duda: ¿puede un jubilado cobrar la AUH?
Aunque la Asignación Universal por Hijo (AUH) se diseñó originalmente para padres desocupados o con empleos informales, la normativa actual permite que, en ciertas situaciones, los jubilados de ANSES también puedan acceder a este beneficio. El organismo previsional especificó las condiciones requeridas, la documentación necesaria y el procedimiento completo paso a paso.
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¿Los jubilados pueden cobrar la Asignación Universal por Hijo?
La respuesta es sí. Un jubilado o pensionado puede cobrar la AUH cuando tiene a cargo hijos, nietos o menores bajo su cuidado y cumple los requisitos que marca ANSES.
Esto se debe a la Adenda 63, un mecanismo que autoriza transferir la titularidad de las asignaciones cuando los padres biológicos no cumplen con sus obligaciones o están ausentes. Gracias a esta disposición, los abuelos, tíos o tutores designados legalmente pueden convertirse en los responsables del cobro.
Quiénes acceden a la AUH además de los padres
La AUH no es exclusiva de las madres o padres sin empleo formal. Según la normativa de ANSES, también pueden solicitarla:
- Abuelos o abuelas jubilados que tengan menores bajo su cuidado.
- Tíos u otros familiares adultos que convivan con el niño.
- Tutores legales designados por la Justicia en casos de medidas de protección.
La condición principal es acreditar que el menor vive con la persona solicitante y depende económicamente de ella.

Documentos requeridos para jubilados que quieran cobrar la AUH
El trámite se inicia en las oficinas de ANSES con turno previo y exige la presentación de la siguiente documentación:
- DNI del adulto responsable (original y copia).
- DNI y partida de nacimiento del menor (original y copia).
- Pruebas de convivencia y responsabilidad de cuidado.
Este último requisito es el más complejo, ya que debe estar respaldado por documentación oficial que confirme la situación familiar.
Cómo acreditar que un menor está a cargo de un jubilado
Para que ANSES reconozca a un jubilado como titular de la AUH, es necesario aportar documentos emitidos por organismos autorizados.
Los trámites pueden realizarse en:
- Ministerio de Capital Humano.
- Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
- Entidades provinciales de niñez avaladas por ANSES.
Los papeles clave que se aceptan son:
- Declaración jurada firmada por el adulto responsable.
- Nota técnica de evaluación, elaborada por profesionales sociales.
- Informe de reconversión, que detalla la situación del menor y el adulto que lo tiene a cargo.

AUH ANSES: cuánto se cobra en octubre 2025
Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) tendrán en octubre un aumento del 1,87%, en sintonía con la inflación de agosto, que fue del 1,9%.
Este beneficio alcanza a 2,5 millones de familias y a más de 4,3 millones de chicos y adolescentes en todo el país.
Con el nuevo ajuste, los valores quedan de la siguiente manera:
- Asignación Universal por Hijo: $93.786,90.
- AUH con Discapacidad: $305.396,11.
- Asignación por Embarazo: $93.786,90.
Es importante recordar que ANSES retiene un 20% del pago mensual, monto que se libera únicamente cuando el titular presenta la Libreta AUH, documento que valida la escolaridad y los controles de salud de los menores.












