La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) entrega mensualmente las Becas Progresar, a pesar de las demoras en los pagos que surgieron en el mes de febrero.
Ante esta situación, el organismo previsional finalmente confirmó las nuevas fechas de pago para febrero de 2025.
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De esta manera, tras la demora en el calendario de cobros, los beneficiarios de las Becas Progresar recibirán sus pagos en febrero de 2025 según el último dígito de su DNI:
- DNI terminado en 0 y 1: viernes 21 de febrero.
- DNI terminado en 2 y 3: lunes 24 de febrero.
- DNI terminado en 4 y 5: lunes 24 de febrero.
- DNI terminado en 6 y 7: martes 25 de febrero.
- DNI terminado en 8 y 9: miércoles 25 de febrero.

Montos de las Becas Progresar en febrero de 2025
El monto base de la Beca Progresar para febrero de 2025 es de $28.000. Sin embargo, de manera excepcional, los beneficiarios que hayan aprobado el año académico, mantengan su regularidad escolar y tengan su trámite al día recibirán $56.000.
Retroactivo de 2024: cuándo y cuánto se cobra
El retroactivo de 2024, que asciende a $66.000, se pagará en abril de 2025. Este pago es exclusivo para quienes aprobaron el año o rindieron satisfactoriamente en las mesas de marzo. No es necesario realizar ningún trámite adicional para cobrarlo.

Inscripciones para las Becas Progresar 2025
Las inscripciones para las Becas Progresar Obligatorio, Superior y Trabajo comenzarán en marzo de 2025. Todas las personas interesadas, incluso quienes ya recibieron la beca en 2024, deben inscribirse nuevamente.
Quiénes dejarán de cobrar las Becas Progresar
Recientemente se informó que algunos beneficiarios perderán el derecho a cobrar la Beca Progresar a partir de este mes por incumplir requisitos obligatorios. Según el Gobierno, ANSES suspenderá los pagos a quienes no aprueben el 50% de las materias correspondientes o no acrediten su regularidad académica. Estas exigencias forman parte del reglamento vigente del programa.
Motivos de suspensión temporal de la Beca Progresar
- Pérdida de la condición de regularidad informada por las autoridades educativas.
- Otras causales de urgencia comunicadas por las autoridades educativas distritales.
- Inactividad en la cuenta destinada al cobro de la beca durante cuatro meses consecutivos.
- No participar en las actividades complementarias que el programa determine, lo que implicará la suspensión del pago durante dos meses.

Motivos de cese definitivo de la Beca Progresar
- Vencimiento del período por el cual fue otorgada.
- Fallecimiento del becario.
- Renuncia a la beca.
- Cambios en las condiciones que justificaron su otorgamiento.
- Recibir otra beca educativa similar otorgada por la Secretaría de Educación.
- Pérdida de la condición de alumno regular.
- Incumplimiento de obligaciones establecidas en el Reglamento Progresar.
- Falsificación u omisión de información durante los procesos de selección o después de otorgada la beca.
Requisitos: quiénes pueden acceder a las becas Progresar
Progresar nivel obligatorio
- Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con residencia legal de 2 años en el país y contar DNI.
- Tener entre 16 y 24 años de edad cumplidos al momento del cierre de la convocatoria.
- La suma de los ingresos del estudiante y su grupo familiar no debe ser superior a 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), excepto que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9 de la Ley 13478.
- Cumplir con la condición de alumno regular.
- Participar en actividades complementarias determinadas por el programa.
- Cumplir con las condiciones académicas establecidas en el Reglamento Progresar.
- Contar con el esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.
Progresar nivel superior
- Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjeros con residencia legal de al menos 5 años en el país, con DNI.
- Estudiantes ingresantes: entre 17 y 24 años de edad.
- Estudiantes avanzados: hasta 30 años.
- Estudiantes de enfermería: sin límite de edad.
- La suma de los ingresos del estudiante y los de su grupo familiar no debe ser superior a 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), excepto que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9 de la Ley 13478.
- Ser egresado del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción.
- Ingresar o estar cursando estudios en Universidades nacionales o provinciales, Institutos universitarios nacionales o Institutos de educación técnica superior, Institutos de formación técnica y de formación docente de gestión estatal. Existen excepciones para instituciones de gestión privada y estudiantes de enfermería contempladas en el Reglamento Progresar.
- Cumplir con las condiciones académicas establecidas en el Reglamento Progresar.
- Contar con esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.
- Participar en las actividades complementarias que el programa determine.
Progresar nivel trabajo
- Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con residencia legal de 2 años en el país y contar con DNI.
- Tener entre 18 y 24 años cumplidos.
- Se extiende hasta 40 años para personas que no poseen trabajo formal registrado.
- La suma de los ingresos del postulante no debe ser superior a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).












