La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que desde enero comenzará a liquidar un pago adicional de $341.000 para quienes cumplan un requisito relacionado con la situación laboral, además de otras condiciones específicas.
Este bono especial recibió una actualización, ya que su valor se determina en función de los incrementos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). En consecuencia, la prestación tendrá nuevos ajustes a lo largo de los próximos seis meses.
Qué bono adicional de $341.000 paga ANSES
El organismo previsional continuará con el pago de la Prestación por Desempleo, un programa dirigido a personas que se encuentran sin trabajo o que perdieron su empleo recientemente.
Esta asistencia, otorgada por ANSES, está destinada a trabajadores en relación de dependencia, personal eventual o de temporada y empleados de la construcción que fueron desvinculados sin causa justificada, por finalización de contrato o por motivos ajenos al trabajador, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo N.º 24.013.
El importe que ANSES liquida a los titulares de la Prestación por Desempleo se calcula en base al SMVM y equivale al 75 % del mejor salario percibido por el trabajador durante los seis meses previos al despido.
Próximos aumentos del salario mínimo
- Diciembre 2025: $334.800
- Enero 2026: $341.000
- Febrero 2026: $346.800
- Marzo 2026: $352.400
- Abril 2026: $357.800
- Mayo 2026: $363.000
- Junio 2026: $367.800
- Julio 2026: $372.400
- Agosto 2026: $376.600
Requisitos para cobrar este adicional
Quienes deseen acceder a la Prestación por Desempleo deben cumplir con una serie de condiciones establecidas por ANSES.
En el caso de trabajadores despedidos, se contemplan las siguientes situaciones:
- Trabajadores permanentes: contar con al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años previos al despido o fin de contrato.
- Trabajadores eventuales o de temporada: registrar menos de 12 meses trabajados en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la desvinculación.
- Trabajadores de la construcción: acreditar 8 meses de aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de la obra.

En qué casos corresponde la Prestación por Desempleo
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota firmada y certificada por el empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo: nota del síndico, sentencia judicial, telegrama del empleador o publicación en el Boletín Oficial.
- Rescisión del contrato por denuncia del trabajador con causa justificada: telegrama de intimación y de desvinculación enviados por el empleado.
- No renovación de contrato a plazo fijo: copia del contrato vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- Enfermedad o accidente laboral o no laboral al momento del cese: certificado médico de aptitud laboral acorde al estado de salud.
Paso a paso para solicitar la Prestación por Desempleo
- Ingresar al sitio oficial de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Elegir la opción “Prestación por Desempleo”.
- Indicar el rubro laboral y completar la información solicitada.
- Adjuntar la documentación requerida a través de la plataforma de ANSES.












