Con la Semana Santa cerca, muchos trabajadores buscan información sobre los feriados oficiales y cómo afectan sus salarios si laboran esos días. Dos fechas destacan en esta celebración: el Jueves Santo (17 de abril) y el Viernes Santo (18 de abril).
La Ley 27.399 especifica que el Jueves Santo es un día no laborable, mientras que el Viernes Santo es un feriado nacional inamovible. Esta distinción es crucial, ya que define cómo se calcula el pago para quienes trabajen durante esas jornadas.
¿Cuándo se paga doble por trabajar en Semana Santa?
Según el Artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, los feriados nacionales siguen las mismas reglas que el descanso dominical. Esto significa que los empleados que trabajen el Viernes Santo recibirán el doble de su salario normal.
En cambio, el Jueves Santo, al ser no laborable, depende de la empresa decidir si se trabaja o no. Si se labora, el pago será normal, a menos que un convenio colectivo o acuerdo individual establezca un beneficio adicional.

Diferencias entre Feriados y Días No Laborables
Un feriado nacional es de cumplimiento obligatorio para todos los sectores. Si un empleado trabaja ese día, recibe el doble de su salario habitual. En cambio, un día no laborable es optativo para empresas privadas, aunque obligatorio para el sector público, bancos y compañías de seguros. Si se labora, el pago es normal, sin bonificación adicional.
Calendario de Feriados y Días No Laborables 2025
Abril
- Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
- Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
- Viernes 2 de mayo: Día no laborable puente
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
- Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Güemes (feriado trasladable, originalmente martes 17)
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Belgrano (feriado inamovible)
Julio
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
- Viernes 15 de agosto: Día no laborable puente
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21 de noviembre: Día no laborable puente
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable, originalmente jueves 20)
Diciembre
- Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)