La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con el pago del Programa Acompañar, una ayuda económica destinado a mujeres que sufren violencia de género, con el propósito de promover su autonomía financiera. En esta etapa del año, se han programado aumentos graduales para el monto del beneficio.

Nuevos aumentos del Programa Acompañar

Con el objetivo de fomentar la independencia económica de las mujeres afectadas por la violencia de género, el Programa Acompañar, impulsado por el Ministerio de Mujeres, establece actualizaciones en el monto del beneficio. Los ajustes programados para los próximos meses son los siguientes:

  • En abril, el beneficio se incrementó a $80.342.
  • En mayo, el beneficio aumentó a $84.512 y se verá reflejado en los pagos de junio, que comenzarán el próximo jueves.
  • Para el mes de junio, el beneficio se elevará a $87.987 y se reflejará en los pagos de julio.
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Es importante destacar que los aumentos se aplican al mes siguiente. Por lo tanto, durante el mes de junio se recibió un monto de $80.342 debido al incremento correspondiente a abril. A partir de julio, el monto aumentará a $84.512 según el incremento de mayo.

Requisitos para acceder a la ayuda económica de $80.000 de Anses

Para acceder al Programa Acompañar y recibir el beneficio de $80.000, se requiere ser mayor de 18 años y residir en el país. Además, el programa es compatible con otros beneficios y prestaciones, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE), la Asignación por hijo con discapacidad, el Monotributo Social y el trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

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Exclusiones del Programa Acompañar

Existen ciertas situaciones en las cuales no se puede acceder al Programa Acompañar. Estas incluyen:

  • Ingresos provenientes de empleo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
  • Subsidios o prestaciones monetarias no reintegrables con fines de empleo y/o capacitación otorgadas por el Estado nacional.
  • Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, ya sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.
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