Los pensionistas de la Seguridad Social española que viven fuera del país deben realizar un trámite periódico para continuar cobrando su prestación. Se trata de la acreditación de vivencia, conocida como fe de vida, cuyo objetivo es confirmar que el beneficiario sigue con vida y mantiene el derecho a recibir su pensión española.
Esta obligación afecta a quienes reciben una pensión de la Seguridad Social y tienen fijada su residencia en el extranjero. En 2026 se ha incorporado una modificación importante: la acreditación debe realizarse dos veces durante el año, una en el primer trimestre y otra en septiembre.
Fe de vida: quién tiene que presentarla y cuál es el plazo
El trámite corresponde únicamente a los pensionistas residentes en el extranjero que cobran una prestación de la Seguridad Social española. Para 2026, la primera acreditación pudo realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo, mientras que la segunda debe completarse durante septiembre. Desde 2027, el control será todavía más frecuente y deberá realizarse en enero, mayo y septiembre.
No presentar la acreditación dentro del periodo establecido puede ocasionar la suspensión temporal del pago de la pensión. Esta situación no implica necesariamente que se pierda el derecho a la prestación. Cuando el pensionista regulariza el trámite y demuestra que continúa cumpliendo las condiciones exigidas, el abono puede volver a activarse. El objetivo de este procedimiento es verificar que las personas que reciben una pensión española desde el extranjero continúan con vida.

VIVESS permite acreditar la vivencia desde el teléfono móvil
Entre las opciones disponibles destaca VIVESS, la aplicación gratuita habilitada por la Seguridad Social. Esta herramienta permite a los pensionistas que viven fuera de España completar la acreditación sin desplazarse hasta un consulado, utilizando el teléfono móvil desde el país en el que residan.
Para realizar el procedimiento, es necesario instalar la aplicación, identificarse mediante los sistemas disponibles y completar la verificación biométrica utilizando el documento de identidad. Una vez finalizado el proceso, la aplicación genera un justificante y la información es remitida a la Seguridad Social para su comprobación.
Alternativas para presentar la fe de vida
VIVESS no es la única vía disponible. Los pensionistas que viven en otros países también pueden acreditar su vivencia presencialmente ante el Registro Civil Consular que corresponda o acudir a las Consejerías y Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, siempre que estos servicios estén disponibles en el país de residencia.
Para completar el trámite será necesario disponer de un documento de identidad válido, como el DNI o el pasaporte. Dependiendo de la modalidad elegida, las autoridades pueden solicitar documentación adicional.
Realizar la acreditación dentro de los plazos correspondientes resulta clave para evitar interrupciones en el cobro de la pensión. Si la Seguridad Social no recibe la confirmación requerida, puede suspender temporalmente el abono hasta que el beneficiario complete el procedimiento y regularice su situación.











