De acuerdo con la normativa vigente del sistema previsional argentino, cuando fallece un jubilado sus familiares directos pueden acceder a una pensión derivada como compensación económica. Sin embargo, el acceso al beneficio depende del vínculo con la persona fallecida y de determinadas condiciones establecidas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La Pensión No Contributiva o pensión por fallecimiento es evaluada por la Administración Nacional de la Seguridad Social, que determina quiénes reúnen los requisitos para cobrarla. El monto otorgado corresponde a un porcentaje del haber que percibía el titular antes de su deceso.
Quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento de un jubilado
Desde el organismo previsional aclararon que los hijos mayores de 18 años que estén en condiciones de trabajar no pueden acceder al beneficio. No obstante, sí podrán solicitarlo los siguientes familiares:
- Cónyuge: deberá presentar la partida de matrimonio actualizada.
- Conviviente o concubino/a: tiene que acreditar una convivencia mínima de 5 años previos al fallecimiento. Si existe un hijo en común, el requisito baja a 2 años.
- Hijos solteros menores de 18 años que no perciban otra prestación social.
- Hijos con discapacidad o incapacidad laboral, sin límite de edad.
Requisitos para tramitar la pensión en ANSES
Quienes quieran iniciar el trámite de pensión por fallecimiento ANSES deberán solicitar un turno presencial y presentar la documentación que demuestre el vínculo familiar con el jubilado fallecido.
Los papeles exigidos cambian según cada caso y el tipo de relación con el titular:
- Acta o partida de defunción del jubilado.
- Para esposo o esposa: DNI, partida de matrimonio actualizada y la Declaración Jurada correspondiente al Artículo 1° de la Ley 17.562 disponible en el sitio oficial.
- En caso de hijos, se debe completar un formulario donde se acredite la dependencia económica mantenida con el beneficiario durante los últimos años.
Revisión anual y control de las pensiones
La prestación otorgada a los beneficiarios puede revisarse cada año. Esto implica que el monto de la pensión podría modificarse en función de la situación económica del país y de las actualizaciones definidas por el Gobierno nacional.
Por ese motivo, quienes cobran este beneficio deben seguir de cerca los cambios en la normativa previsional y las novedades sobre pensiones para familiares de jubilados fallecidos.
Además, la ANSES brinda asesoramiento a los familiares para facilitar la gestión del trámite. El acompañamiento incluye información sobre requisitos, documentación obligatoria y plazos para completar la solicitud de la pensión derivada.












