La ANSES formalizó, mediante el Decreto 109/2026 rubricado por el presidente Javier Milei, un nuevo bono previsional que se abonará junto a los haberes correspondientes a marzo.

El refuerzo extraordinario establece un tope de $70.000 y está dirigido a quienes perciben ingresos más bajos dentro del sistema jubilatorio.

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Monto del bono en marzo

El bono máximo será de $70.000 para quienes cobran la jubilación mínima, que en marzo se ubica en $369.636,78 luego del incremento del 2,9% aplicado por la fórmula de movilidad.

Con el adicional completo, el ingreso total mensual llegará a $439.636,78.

Cómo se determina el bono proporcional

No todos los jubilados reciben el importe total. El mecanismo se aplica de manera escalonada:

  • Si cobrás la jubilación mínima: accedés a los $70.000 completos.
  • Si cobrás más que la mínima pero menos de $439.636,78: percibís un bono proporcional hasta alcanzar ese límite.
  • Si superás los $439.636,78: no corresponde el pago del bono.

En términos prácticos, esto implica que numerosos jubilados obtendrán montos variables, que pueden ubicarse en torno a $40.000, $30.000 o $20.000, según la diferencia entre su haber mensual y el tope fijado como ingreso garantizado.

Por ejemplo:

  • Si un jubilado percibe $399.636,78, cobrará $40.000 de bono.
  • Si recibe $409.636,78, el adicional será de $30.000.
  • Si cobra $419.636,78, el refuerzo alcanzará los $20.000.

El cálculo del refuerzo previsional se realiza de forma automática y no exige ningún trámite adicional.

Beneficiarios alcanzados por el bono

El pago extraordinario incluye a:

  • Jubilados y pensionados del SIPA.
  • Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC).
  • Beneficiarios de la PUAM.

Siempre que sus ingresos no excedan el tope establecido por la normativa.

Fecha de cobro del bono en marzo

El bono se liquida junto al haber mensual, respetando el cronograma habitual de pagos:

Jubilados con haberes mínimos

  • DNI terminado en 0: 9 de marzo
  • DNI terminado en 1: 10 de marzo
  • DNI terminado en 2: 11 de marzo
  • DNI terminado en 3: 12 de marzo
  • DNI terminado en 4: 13 de marzo
  • DNI terminado en 5: 18 de marzo
  • DNI terminado en 6 y 7: 19 de marzo
  • DNI terminado en 8 y 9: 20 de marzo

Jubilados con haberes superiores a la mínima

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 27 de marzo
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