La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) suspenderá en enero la primera tanda de pensionados y beneficiarios de las Asignaciones Universales que hayan incumplido con el requisito mínimo de residencia en el país.

El condicionante oficializado el 7 de octubre a través de la Resolución 918/2024 se hará efectivo desde el primer mes de 2025 al contemplar el nuevo plazo máximo de ausencia: 90 días.

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Es que, según quedó establecido en el texto firmado por el director Ejecutivo de ANSESMariano de los Heros, para la detección se utilizará información obrante en las distintas bases de datos y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos.

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En caso de verificar el incumplimiento del requisito de residencia para las titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC), como Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE)ANSES procederá a la suspensión del beneficio. 

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Será hasta que la persona afectada solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país.

En tanto, se contemplará una excepción: “Cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas”.

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Además, el plazo máximo de tolerancia también determinará el acceso a los montos establecidos para las Asignaciones Familiares, subsidios y/o adicional por zona austral.

¿Quiénes no tendrán que realizar el trámite de ausencia del país y reingreso?

Según se detalla en el sitio oficial de ANSES, quedarán eximidas de realizar este trámite aquellas personas que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia, debido a que existen convenios de reciprocidad./ELCRONISTA

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