La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) suspenderá en enero la primera tanda de pensionados y beneficiarios de las Asignaciones Universales que hayan incumplido con el requisito mínimo de residencia en el país.
El condicionante oficializado el 7 de octubre a través de la Resolución 918/2024 se hará efectivo desde el primer mes de 2025 al contemplar el nuevo plazo máximo de ausencia: 90 días.
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Es que, según quedó establecido en el texto firmado por el director Ejecutivo de ANSES, Mariano de los Heros, para la detección se utilizará información obrante en las distintas bases de datos y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos.
¿A qué grupo ANSES les suspenderá el cobro de haberes en enero?
En caso de verificar el incumplimiento del requisito de residencia para las titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC), como Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE), ANSES procederá a la suspensión del beneficio.
Será hasta que la persona afectada solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país.
En tanto, se contemplará una excepción: “Cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas”.
Además, el plazo máximo de tolerancia también determinará el acceso a los montos establecidos para las Asignaciones Familiares, subsidios y/o adicional por zona austral.
¿Quiénes no tendrán que realizar el trámite de ausencia del país y reingreso?
Según se detalla en el sitio oficial de ANSES, quedarán eximidas de realizar este trámite aquellas personas que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia, debido a que existen convenios de reciprocidad./ELCRONISTA